Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 235

Fecha del Boletín 
03-10-2017

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171003-38

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

38
Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Convocatoria subvenciones

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible Dirección General de Control de la Edificación Subdirección General de Edificación y Ayuda a la Regeneración

En virtud de las atribuciones delegadas en el artículo 3.1.9 del Acuerdo de 29 de octubre de 2015, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, modificado por el Acuerdo de 17 de marzo de 2016, de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, vengo a aprobar el siguiente

DECRETO

Primero.—Modificar el artículo 12 de la Convocatoria Pública de Subvenciones 2017 con destino a actuaciones de conservación y mejora de la eficiencia energética en las fachadas de los edificios existentes de uso residencial vivienda en el Área Preferente de Impulso a la Regeneración Urbana 12.06 “Orcasitas”, que queda redactado en los siguientes términos:

“1. Se establecen cuatro plazos para la presentación de las solicitudes de subvención en los términos siguientes:

a) El primer plazo para la presentación de las solicitudes de subvenciones objeto de esta convocatoria, comprenderá el período temporal que se inicia el día siguiente al de la publicación de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y finaliza el 15 de marzo de 2017. Asimismo, esta convocatoria se publicará igualmente, en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es. En el caso de que no coincidiera el día en que se efectuaran ambas publicaciones, el plazo se contará desde el día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) El segundo plazo para la presentación de las solicitudes de subvenciones objeto de esta convocatoria comprenderá el período temporal que se inicia el 16 de marzo de 2017 y finaliza el 16 de mayo de 2017.

c) El tercer plazo para la presentación de las solicitudes de subvenciones objeto de esta convocatoria comprenderá el período temporal que se inicia el 17 de mayo de 2017 y finaliza el 17 de julio de 2017.

d) El cuarto plazo para la presentación de las solicitudes de subvenciones objeto de esta convocatoria comprenderá el período temporal que se inicia el 18 de julio de 2017 y finaliza el 30 de noviembre de 2017.

2. Las solicitudes presentadas fuera del plazo previsto en la convocatoria no son admitidas a trámite. La entrada de varias solicitudes de subvenciones referidas a actuaciones en un mismo edificio dentro de los diferentes plazos de presentación que establece esta convocatoria comporta la inadmisión de la solicitud”.

Segundo.—La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 14 de septiembre de 2017.—El delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, José Manuel Calvo del Olmo.

(01/30.671/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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