Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 231

Fecha del Boletín 
28-09-2017

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170928-100

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

100
Madrid número 8. Procedimiento 1.253 de 2015, notificación a Audio Vídeo Comunicaciones y Proyectos, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. RAQUEL PAZ GARCIA DE MATEOS LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 08 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1253/2015 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MIGUEL ANGEL ESCUDERO LUNA frente a AUDIO VIDEO COMUNICACIONES Y PROYECTOS SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente sentencia:

FALLO

Se estima la demanda formulada por D. MIGUEL ÁNGEL ESCUDERO LUNA con DNI 50802134X, frente a AUDIO VIDEO COMUNICACIONES y PROYECTOS, SL, condenando a la demandada a satisfacer al actor el importe de 2.385,44 euros (dos mil trecientos ochenta y cinco con cuarenta y cuatro) más el incremento del 10% de interés anual por mora en las partidas remuneratorias y el interés correspondiente en relación a la indemnización, en ambos casos, calculadas desde la fecha del respectivo devengo y hasta la de la presente resolución.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a AUDIO VIDEO COMUNICACIONES Y PROYECTOS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a siete de septiembre de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/29.310/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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