Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 230

Fecha del Boletín 
27-09-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170927-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 42

86
Madrid número 42. Procedimiento 210 de 2016, notificación a Meyer Madrid, S. L.

EDICTO

Doña María Leonor de Elena Murillo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 42.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 210 de 2016, instados por procurador don Francisco de Sales José Abajo Abril, en nombre y representación de “Grenke Rent, Sociedad Anónima”, contra “Meyer Madrid, Sociedad Limitada”, en reclamación de 4.266,64 euros, en los que se ha dictado en fecha 29 de mayo de 2017 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Que estimando en parte la demanda interpuesta por la mercantil “Grenke Rent, Sociedad Anónima”, representada por el procurador señor Abajo Abril, frente a la mercantil “Meyer Madrid, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro resuelto los contratos de arrendamiento número 092-002730 y 092-006637 (sobre centralita modelo Hipath 1120 de la marca “Samsung” y centralita modelo Omnipcx Office de la marca “Alcatel”), y debo condenar y condeno a la parte demandada a devolver a la actora los bienes objeto de los contratos en el domicilio de la entidad demandante o de quien esta designe, asumiendo todos los gastos y costes de la entrega, y a pagar a la actora: a) la cantidad de 3.025,71 euros, en concepto de rentas vencidas y por vencer, b) la cantidad de 85,55 euros por intereses calculados a fecha de interposición de la demanda más los que se devenguen con posterioridad y hasta el pago conforme a lo pactado; c) la cantidad de 80 euros en concepto de costes de indemnización de recobro.

No se hace especial condena en costas.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, que se deberá interponer mediante escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente a su notificación, para ante la Audiencia Provincial de Madrid, con advertencia a las partes de que deberán constituir un depósito previo de 50 euros en la forma pervista legalmente y bajo apercibimiento de inadmisión.

En atención al desconocimeinto del actual domicilio de la demandada “Meyer Madrid, Sociedad Limitada”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 28 de junio de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/29.630/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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