Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 229

Fecha del Boletín 
26-09-2017

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170926-46

Páginas: 5


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

46
Boadilla del Monte. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

En cumplimiento de lo establecido en la legislación reguladora del Régimen Local, con el presente anuncio se vienen a hacer públicos los Decretos de la Alcaldía relativos a:

A) DELEGACIÓN DE FACULTADES EN MIEMBROS CORPORATIVOS, CONCRETAMENTE, LOS NÚMEROS 1383, 1645, 2171 Y 3098 DADOS EN LOS MESES DE ABRIL HASTA LA FECHA, DEL AÑO 2017.

Decreto 1383/2017

“Previas las oportunas reuniones con los miembros del equipo de Gobierno correspondientes, habiéndose estimado la conveniencia de reasignar las materias relativas a Cultura, así como liberar en la dedicación asignada a doña Alicia Paula Ruiz Moyano.

Dada cuenta del Decreto 37/2017, de 4 de enero por el que esta Alcaldía reordenaba las Áreas de actividad municipal, así como las respectivas materias adscritas a cada una de ellas.

En consecuencia, en uso de las facultades que le confieren los artículos 21.3, 23.4 y 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; 43; 44; 45; 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales; 9 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, 30.3 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid; 12 a 19, 51, 52, 173 y 175 del Reglamento Orgánico Municipal y demás concordantes de aplicación, y sin perjuicio de la facultad que corresponde a esta Alcaldía de recibir información detallada de la gestión de la competencia delegada, esta Alcaldía ha resuelto:

Primero.—Determinar que doña Alicia Paula Ruiz Moyano, miembro corporativo del Grupo Municipal Popular, dejará desempeñar su cargo con el régimen de dedicación con efectos de 8 de abril de 2017.

Segundo.—Modificar el Decreto 37/2017, a los efectos de asignar las facultades relativas a la materia de Cultura, que hasta el día de hoy inclusive tiene asignadas la Concejal doña Alicia Paula Ruiz Moyano, a la Concejal Delegada de Educación, Familia, Personas Mayores, Mujer e Infancia, doña M.a Ángeles Martínez Saco, de tal manera que el dispositivo Primero.–III, en cuanto a los Delegados de las materias adscritas al Área de Coordinación, Asuntos Sociales, Personal y Servicios jurídicos:

— Delegada de Educación, Familia, Personas Mayores, Mujer e Infancia y Cultura con las facultades que se expresan, doña María Ángeles Martínez Saco, Concejala.

1. Promover las actuaciones de competencia municipal de apoyo y protección de la familia, con especial atención a los problemas de la infancia.

2. Dirigir y planificar la política educativa del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

3. Asumir las relaciones en materia educativa con otras Administraciones Públicas así como con organismos públicos y privados, que desarrollen actividades o programas educativos.

4. Regular y coordinar el uso de los centros públicos docentes para actividades educativas, culturales, o recreativas complementarias de la docencia, así como programar la oferta global de actividades extraescolares.

5. Coordinar el funcionamiento de las Comisiones de Escolarización de Educación Infantil, Primaria y Secundaria.

6. Promover, en el marco de las competencias municipales, las políticas de apoyo a los mayores y la asistencia a los mismos.

7. Promover, en el marco de las competencias municipales, las condiciones que hagan efectiva la igualdad de la mujer.

8. Coordinar las políticas preventivas que permitan reducir la violencia de género y las de carácter asistencial que permitan paliar las consecuencias de la misma.

9. La promoción, gestión, seguimiento y coordinación de las actividades de la cultura en el ámbito de Boadilla del Monte.

10. La coordinación de la gestión y programación de los espacios escénicos y centros culturales adscritos a la Concejalía.

11. La organización de los festivales, ciclos y eventos culturales.

12. El ejercicio de las funciones relativas a entidades culturales.

Tercero.—Publicar este Decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como disponer su exposición en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento para general conocimiento.

Cuarto.—Del presente Decreto, y sin perjuicio de la notificación individual a las Concejalas interesadas, comunicación a la Primera Teniente de Alcalde, y su traslado a los servicios municipales correspondientes, se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre.

Así lo manda y firma, el 7 de abril de 2017, el Alcalde-Presidente, don Antonio González Terol, debiéndose tomar razón por la Secretaría General, en Boadilla del Monte (fechado y firmado digitalmente)”.

Decreto 1645/2017

“Al objeto de concretar con mayor precisión las obras que se delegan en el Delegado de Medio Ambiente, por parte de esta Alcaldía, se considera oportuno modificar el Decreto 37/2017 de delegación de facultades.

Por lo que, en uso de las facultades que le confieren los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; 43; 44; 45; 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales; 9 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, 30.3 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid; 12 a 19, 51, 52, 173 y 175 del Reglamento Orgánico Municipal y demás concordantes de aplicación, esta Alcaldía ha resuelto:

Primero.—Modificar el dispositivo Primero, III del Decreto 37/2017, de 4 de enero, en lo relativo a las dos primeras facultades que se atribuyen al Delegado de Medio Ambiente, en el siguiente sentido:

— Adscritos al Área de Medioambiente:

Delegado de Medio Ambiente, con las facultades que se expresan, don Francisco Javier Úbeda Liébana, Tercer Teniente de Alcalde.

1. Dirección, seguimiento de los contratos de mantenimiento de las infraestructuras y servicios municipales, como son: Limpieza urbana y gestión de residuos; Parques, jardines, zonas verdes y espacios ajardinados. La presente competencia incluye la contratación de obras para el mantenimiento de las vías públicas, el alumbrado, el asfaltado y el mobiliario urbano.

2. Mantenimiento de los parques y jardines del municipio, así como el diseño y ejecución de los nuevos espacios verdes contemplados en los instrumentos de planificación urbanística. La presente competencia incluye la contratación de las obras necesarias cuyo desenvolvimiento tenga lugar en parques y jardines o en el entorno medioambiental.

Segundo.—El presente Decreto deroga a aquellos anteriores al mismo que lo contradigan en el aspecto modificado, y surtirá efectos el día de su fecha, esto es, el 5 de mayo de 2017.

Tercero.—Publicar esta Resolución, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, para general conocimiento.

Cuarto.—Dar cuenta, del presente Decreto, al Pleno Corporativo en la primera sesión que celebre.

Así lo manda y firma, el 5 de mayo de 2017, el Alcalde-Presidente, don Antonio González Terol, en Boadilla del Monte, debiéndose tomar razón por la Secretaría General (fechado y firmado digitalmente)”.

Decreto 2171/2017

“El pliego de condiciones técnicas que rige la contratación del “servicio de conservación, limpieza y mejora de jardines, parques públicos, zonas verdes, y otras zonas ajardinadas de carácter público (fuentes públicas, areneros, etc), y sustitución de especies vegetales contenidas en los mismos, así como reparación por valoración de obra, adjudicado, previa licitación, a la unión temporal de empresas denominada “OHL Servicios-Ingesan, S.A.U y Obras con Huarte Lain, S. A., unión temporal de empresas”, Ley 18/1982 de 26 de mayo”, en anagrama “Ute Zonas Verdes Boadilla”, con CIF U87711263, prevé en su apartado 3.4. las sanciones aplicables en los casos de incumplimiento, atribuyendo a la Alcaldía la facultad de sancionar los incumplimientos leves.

Como quiera que la iniciativa y gestión de este contrato corresponde al Concejal Delegado de Medio Ambiente, que resulta ser el Tercer Teniente de Alcalde, señor Úbeda Liébana, esta Alcaldía considera más adecuado que sea él quien, por delegación de esta Alcaldía, imponga las sanciones que por incumplimiento leve, en su caso, procedan en el seguimiento del cumplimiento del citado contrato.

Por lo que, no estándome prohibido efectuar dicha delegación especial, conforme a lo prevenido en los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; y siendo muy específico el alcance de esta delegación, esto es, la imposición de sanciones derivadas del incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en los pliegos y contrato del citado servicio he resuelto:

Delegar en el Tercer Teniente de Alcalde, Delegado de Medio Ambiente, don Javier Úbeda Liébana, la facultad de sancionar las faltas leves en el expediente de contratación del “servicio de conservación, limpieza y mejora de jardines, parques públicos, zonas verdes, y otras zonas ajardinadas de carácter público (fuentes públicas, areneros, etc), y sustitución de especies vegetales contenidas en los mismos, así como reparación por valoración de obra.

Así lo manda y firma, el 16 de junio de 2017, el Alcalde-Presidente, don Antonio González Terol, en Boadilla del Monte, debiéndose tomar razón por la Secretaría General (fechado y firmado digitalmente)”.

Decreto 3098/2017

“Con objeto de ampliar las facultades delegadas por esta Alcaldía en el Concejal Delegado de Patrimonio, conforme al Decreto 37/2017, y con objeto de agilizar la tramitación y resolución de los correspondientes expedientes patrimoniales, conforme a lo prevenido en los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; 43, 44, 45 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, 9 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público; 30.3 de la Ley 2/2003, de Administración Local de la Comunidad de Madrid; 12 a 19, 51, 52, 173 y 175 del Reglamento orgánico Municipal y demás concordantes de aplicación he resuelto:

Primero.—Delegar en el Segundo Teniente de Alcalde, Delegado de Patrimonio, don Raimundo Herráiz Romero, la facultad de incoar, instruir y resolver expedientes de autorización de uso de bienes de dominio público (licencias y concesiones demaniales) cuya competencia le corresponde a la Alcaldía y que, siendo susceptibles de delegación, en virtud de los acuerdos hasta la fecha adoptados, no hayan sido delegadas en otro Concejal u órgano municipal, incluyendo la facultad de resolver los recursos administrativos que contra dichas autorizaciones pudieran plantearse.

Segundo.—La presente delegación surtirá efectos al día siguiente de la fecha del presente Decreto.

Tercero.—Comuníquese al Segundo Teniente de Alcalde, Delegado de Patrimonio, así como al resto de la organización municipal, para general conocimiento, y publíquese en el Boletín oficial de la provincia, dándose cuenta al Pleno en la primera sesión que este celebre.

Así lo manda y firma, el 6 de septiembre de 2017, el Alcalde-Presidente, don Antonio González Terol, en Boadilla del Monte, debiéndose tomar razón por la Secretaría General (fechado y firmado digitalmente)”.

B) DELEGACION POR SUSTITUCIÓN EN LA ALCALDÍA O ASUNCIÓN TEMPORAL DE FACULTADES DELEGADAS EN CONCEJALES DELEGADOS CONCRETAMENTE, LOS NÚMEROS 2773, 2815, 3004, 3009 Y 3074 DADOS EN LOS MESES DE JULIO HASTA LA FECHA, DEL AÑO 2017

Decreto 2773/2017

“Atendiendo al calendario de vacaciones de los miembros del equipo de gobierno durante el mes de agosto de 2017, procede establecer las correspondientes sustituciones de la Alcaldía, siguiendo el orden de las Tenencias de Alcaldía, de conformidad con lo prevenido por el artículo 23.3 de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local y demás preceptos concordantes.

De otra parte, estando previsto en dicho calendario que la Cuarta Teniente de Alcalde, Delegada de Contratación, disfrutará vacaciones los días 24 a 28 del mes de julio, a efectos de la formalización de los contratos administrativos correspondientes, debe disponerse la asunción de dicha competencia por la Primera Teniente de Alcalde en base a lo previsto en el apartado Primero.–VI del Decreto de delegación de facultades de la Alcaldía n.o 37/2017.

En uso de las atribuciones que le confiere la Legislación vigente, ha resuelto:

Primero.—Disponer la sustitución de la Alcaldía durante las fechas del 1 al 20 de agosto, ambos inclusive, del año 2017, en los siguientes Tenientes de Alcalde:

1.o Los días 1 a 15 de agosto de 2017, ambos inclusive, a favor de la Cuarta Teniente de Alcalde, doña Mar Paños Arriba.

2.o Los días 16 a 20 de agosto de 2016, ambos inclusive, a favor de la Primera Teniente de Alcalde, doña Susana Sánchez-Campos Guerrero.

Segundo.—Disponer la asunción de la competencia para la formalización de los contratos administrativos y privados, en representación del Ayuntamiento, que en virtud del Decreto 37/2017 corresponden a la Cuarta Teniente de Alcalde, Delegada de Contratación, a favor de la Primera Teniente de Alcalde, doña Susana Sánchez-Campos Guerrero, durante los días del 24 al 28 de julio de 2017.

Así lo manda y firma, el 21 de julio de 2017, el Alcalde-Presidente, don Antonio González Terol, en Boadilla del Monte, debiéndose tomar razón por la Secretaria General (fechado y firmado digitalmente)”.

Decreto 2815/2017

«“Dispone el artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, que “los Tenientes de Alcalde sustituyen, por el orden de su nombramiento y en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, al Alcalde…”. Por su parte, el artículo 47.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, establece que “en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento, las funciones del Alcalde no podrán ser asumidas por el Teniente Alcalde a quien corresponda sin expresa delegación…”.

Durante las 11:00 horas y las 14:00 del día de hoy, el titular de la Alcalde deberá estar ausente del municipio razón por la cual procede efectuar la delegación correspondiente, para su sustitución en la Alcaldía, a favor de la primera Teniente de Alcalde de este Ayuntamiento, doña Susana Sánchez-Campos Guerrero.

En consecuencia, resuelvo:

Delegar en la primera Teniente de Alcalde de este Ayuntamiento, doña Susana Sánchez-Campos Guerrero, entre las 11:00 y las 14:00 horas del día 31 de julio de 2017, la sustitución en la titularidad de la Alcaldía.

En Boadilla del Monte, el Alcalde (firmado digitalmente el 31 de julio de 2017)».

Decreto 3004/2017

“Atendiendo al calendario de vacaciones de los miembros del equipo de gobierno durante el mes de agosto de 2017, procede sustituir puntualmente a la Cuarta Teniente de Alcalde, Delegada de Contratación, en la facultad de formalización de los contratos administrativos y privados, en representación del Ayuntamiento, durante los días 22 a 28 inclusive, del mes de agosto.

En uso de las atribuciones que le confiere la Legislación vigente del Régimen Local y demás preceptos concordantes, esta Alcaldía, ha resuelto:

Primero.—Disponer puntualmente, durante los días 22 a 28 de agosto de 2017, la asunción de la competencia para la formalización de los contratos administrativos y privados, en representación del Ayuntamiento, que en virtud del Decreto 37/2017 corresponde a la Cuarta Teniente de Alcalde, Delegada de Contratación, a favor de:

— El Tercer Teniente de Alcalde, don Fco. Javier Úbeda Liébana, durante los días 22 a 25 de agosto de 2017.

— La Primera Teniente de Alcalde, doña Susana Sánchez-Campos Guerrero, durante el día 28 de agosto de 2017.

Segundo.—Comunicar a las Tenencias de Alcaldía afectadas el presente Decreto.

Así lo manda y firma, el 21 de agosto de 2017, el Alcalde-Presidente, don Antonio González Terol, en Boadilla del Monte, debiéndose tomar razón por la Secretaria General (fechado y firmado digitalmente)”.

Decreto 3009/2017

“Teniéndome que ausentar en el día de hoy del municipio de Boadilla del Monte, esta Alcaldía, estando en el municipio el Tercer Teniente de Alcalde, don Javier Úbeda Liébana, de conformidad con lo prevenido por el artículo 23.o.3 de la LRBL y demás concordantes, vengo a disponer:

La sustitución de esta Alcaldía en el día de hoy, 24 de agosto de 2017, por el Tercer Teniente de Alcalde, don Javier Úbeda Liébana.

Dese cuenta al Tercer Teniente de Alcalde, y comuníquese a la organización municipal, para su constancia y efectos oportunos.

Así lo manda y lo firma, el 24 de agosto de 2017, el Alcalde-Presidente, en Boadilla del Monte, debiéndose tomar razón por la Secretaría General (firmado digitalmente)”.

Decreto 3074/2017

“Dándose la circunstancia de que en el día de hoy debo atender gestiones que me obligan a ausentarme del municipio, desde las 13:00 hasta 16:00 horas, y encontrándose convocada sesión de Junta de Gobierno Local para esta fecha, en primera convocatoria a las 13:30 horas y a las 14:30 en segunda convocatoria.

Siguiendo el orden de las Tenencias de Alcaldía, y de conformidad con lo prevenido por el artículo 23.3 de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local y demás preceptos concordantes, he resuelto:

Primero.—Disponer la sustitución de la Alcaldía durante el día de hoy, entre las 13:00 y 16:00 horas, en la Primera Teniente de Alcalde, doña Susana Sánchez-Campos Guerrero.

Segundo.—Comunicar el presente Decreto a la Primera Teniente de Alcalde y resto de miembros de la Junta de Gobierno Local, así como a la organización municipal para general conocimiento.

Así lo manda y firma, el 4 de septiembre de 2017, el Alcalde-Presidente, don Antonio González Terol, en Boadilla del Monte, debiéndose tomar razón por la Secretaria General (fechado y firmado digitalmente)”.

Lo que se hace público para su general conocimiento, mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón edictal del municipio, suscribo el presente anuncio en ejercicio de facultad delegada por la Alcaldía, en virtud del Decreto 37/2017.

En Boadilla del Monte, a 8 de septiembre de 2017.—La primera teniente de alcalde, Susana Sánchez-Campos.

(03/29.783/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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