Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 229

Fecha del Boletín 
26-09-2017

Sección 1.2.65.27: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170926-15

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE SANIDAD

SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD

15
RESOLUCIÓN de 14 de septiembre de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a declarar la exclusión de doña Alicia de la Prieta Bartolomé, de las pruebas selectivas por el turno libre, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Superior Especialista en Laboratorio de Diagnóstico Clínico del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid por incumplimiento de requisitos.

Por Resolución de 18 de mayo de 2015, la entonces Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 123, de 26 de mayo), convocó pruebas selectivas por el turno libre, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Especialista en Laboratorio de Diagnóstico Clínico del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid.

La base segunda de la convocatoria en su apartado 2.1.f) establece como requisito para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas “No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Especialista en Laboratorio de Diagnóstico Clínico, cualquiera que sea su situación administrativa”. Además, la base 2.2 indica que “Los requisitos establecidos en esta base segunda, deberá poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión”.

En virtud de lo establecido en la base segunda anteriormente expuesta, el Tribunal Calificador de estas pruebas selectivas al tener duda razonable sobre la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Superior Especialista en Laboratorio de Diagnóstico Clínico en el Servicio Canario de Salud, de doña Alicia de la Prieta Bartolomé, con documento nacional de identidad número 71.015.264, acordó en su sesión de 12 de mayo de 2017, iniciar el procedimiento establecido en la base 5.11 de la convocatoria, procediendo a realizar requerimiento y trámite de audiencia a la interesada. El Tribunal en ausencia de alegaciones de la interesada en el plazo establecido, y verificada su toma de posesión como personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Superior Especialista en Laboratorio de Diagnóstico Clínico en el Servicio Canario de Salud, realiza la propuesta de exclusión a esta Dirección General al no quedar acreditado el cumplimiento del requisito establecido en la base 2.1.f), en consonancia con la base 2.2.

Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de acuerdo con lo previsto en la base 2.1.f), 2.2 y 5.11 de la convocatoria, y al amparo de las competencias atribuidas en el Decreto 196/2015, de 4 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de agosto), por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud,

RESUELVE

Declarar la exclusión de las pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo, en la categoría de Técnico Superior Especialista en Laboratorio de Diagnóstico Clínico del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, de doña Alicia de la Prieta Bartolomé, con documento nacional de identidad número 71.015.264, al no reunir el requisito exigido en la base 2.1.f) de la convocatoria “No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Especialista en Laboratorio de Diagnóstico Clínico, cualquiera que sea su situación administrativa”, en relación con lo establecido en la base 2.2, “Los requisitos establecidos en la base segunda, deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión”.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejería de Sanidad, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses.

Madrid, a 14 de septiembre de 2017.—El Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, Pablo Calvo Sanz.

(03/30.632/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.65.27: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170926-15