Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 204

Fecha del Boletín 
26-08-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100826-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE LÉRIDA NÚMERO 1

EDICTO

78
Ejecución número 941 de 2009

Por esta cédula, según lo acordado en la ejecución número 941 de 2009, instruida por este Juzgado a instancias de doña Esther Morell Sánchez, contra “Sercal, Sociedad Anónima”, se notifica a “Sercal, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral), la resolución dictada en el indicado proceso, cuyo tenor literal en su parte dispositiva dice:

Lérida, a 3 de junio de 2010.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña Esther Morell Sánchez, contra la empresa “Sercal, Sociedad Anónima”, debo declarar y declaro improcedente el despido efectuado por la empresa demandada a la actora con efectos desde el día 31 de octubre de 2009, declarando igualmente extinguida la relación laboral a la fecha de esta sentencia.

Y, en su virtud, debo condenar y condeno a la citada empresa demandada “Sercal, Sociedad Anónima”, a que abone a la demandante una indemnización de 5.457,59 euros y la cantidad de 7.473,25 euros (8.242,85 euros menos 769,60 euros) en concepto de salarios de tramitación y que le mantenga en alta de Seguridad Social durante el período de devengo de dichos salarios de tramitación.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles de que contra la misma podrán interponer recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Recurso que deberá anunciarse ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de notificación de la sentencia, y si el recurrente es la empresa demandada, al tiempo de anunciar el recurso exhibirá resguardo acreditativo de la consignación en “Banesto”, en la cuenta que a tal efecto tiene abierta con el número 21970000651/941/09 de la cantidad objeto de condena, y 150,25 euros en la cuenta de este Juzgado número 21970000681/941/09 “Depósitos y suplicación”, todo ello en la oficina principal sita en la calle Francesc Macià, números 43-45, de Lérida.

Expídase testimonio de la presente resolución, que se unirá a las actuaciones, y llévese el original al libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Lo que se hace público por medio del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos pertinentes, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

En Lérida, a 26 de julio de 2010.—El secretario en sustitución (firmado).

(03/32.046/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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