Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 204

Fecha del Boletín 
26-08-2010

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100826-1

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

1
ORDEN 4185/2010, de 30 de julio, por la que se determina el curso de formación exigido en el marco de los Programas de Enseñanza Bilingüe para la asignación de complemento de productividad.

La Orden de 30 de marzo de 2009, de la Consejería de Economía y Hacienda, establece, entre otros aspectos, los criterios para la asignación del complemento de productividad por la participación en los cursos de formación exigidos en el marco de los Programas de Enseñanza Bilingüe de la Comunidad de Madrid.

La mencionada Orden, en el artículo 1.b), señala que la Consejería de Educación, en el ámbito de sus competencias, determinará los cursos de formación necesarios para la impartición de docencia directa en lengua inglesa en los Programas de Enseñanza Bilingüe de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.b) de la Orden de 30 de marzo de 2009,

DISPONGO

Único

Determinar a los efectos de aplicación del artículo 1.b) de la Orden de 30 de marzo de 2009, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se establecen los criterios para la asignación del complemento de productividad por la participación en los cursos de formación exigidos en el marco de los Programas de Enseñanza Bilingüe de la Comunidad de Madrid, la siguiente actividad:

— Curso de la Modalidad A del Plan de Formación de Entrada al Programa Bilingüe de la Comunidad de Madrid.

El curso tiene una duración de cien horas, a realizar durante los meses de febrero a junio, fuera del horario de obligada permanencia en el Centro, y está dirigido a maestros adscritos a Educación Primaria no especialistas de inglés ni adscritos al centro por las especialidades de Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje.

Madrid, a 30 de julio de 2010.

La Consejera de Educación, LUCÍA FIGAR DE LACALLE

(03/32.968/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100826-1