Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 175

Fecha del Boletín 
23-07-2010

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100723-16

Páginas: 19


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE SANIDAD

16
Orden 344/2010, de 25 de junio, de creación, modificación y supresión de ficheros de datos de carácter personal manuales, mixtos e informatizados de la Dirección General de Ordenación e Inspección, y regularización de los niveles de seguridad de algunos de los ficheros existentes de acuerdo con el Real Decreto 1720/2007.

La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, establece que la creación, modificación y supresión de los ficheros incluidos en su ámbito de aplicación debe efectuarse mediante Orden del Consejero respectivo, requiriéndose previamente, con carácter preceptivo, el informe favorable de la Agencia de Protección de Datos de esta Comunidad.

La Dirección General de Ordenación e Inspección, al amparo de las atribuciones que le asigna el Decreto 22/2008, de 3 de abril, que establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, es la competente en las atribuciones que aparecen descritas en su artículo 10, sin perjuicio de las competencias previstas en el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

En el desarrollo de dichas atribuciones se van a obtener diversos datos de carácter personal que van a ser archivados y tratados informáticamente o de forma manual estructurada, como consecuencia de las responsabilidades en la ordenación y en la inspección sanitaria y farmacéutica, en la autorización y acreditación, en la evaluación y control y en la higiene y seguridad alimentaria, ambiental y epidemiológica, competencias todas ellas de la Dirección General. Dichos tratamientos de datos contemplan los términos y condiciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, y en el Decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales.

En el Anexo I de la presente Orden se describen los ficheros que se crean, en el Anexo II se recogen los ficheros que se modifican, en el Anexo III se recogen los ficheros que se suprimen y en el Anexo IV se recogen los ficheros que regularizan su nivel de seguridad, de acuerdo con el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, que regula la Protección de Datos de Carácter Personal.

La presente Orden ha sido sometida al informe preceptivo de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, a iniciativa de la Dirección General de Ordenación e Inspección, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1 de la Ley 8/2001, de 13 de julio,

DISPONGO

Artículo 1

Creación, modificación, supresión y regularización de ficheros

Se crean los ficheros manuales, informatizados y mixtos de datos de carácter personal dependientes de la Dirección General de Ordenación e Inspección que aparecen descritos en el Anexo I de la presente Orden, se modifica el fichero que aparece descrito en el Anexo II, se suprimen los ficheros que aparecen referenciados en el Anexo III y se regularizan, de acuerdo con el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, las medidas de seguridad de los ficheros recogidos en el Anexo IV, todo ello en los términos y condiciones recogidos por la Ley 8/2001, de 13 de julio.

Artículo 2

Adopción de medidas de seguridad

Con respecto a la información de los ficheros que se crean, modifican y regularizan se han adoptado las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los datos, evitando la pérdida, alteración, tratamiento o acceso no autorizado a los mismos.

Artículo 3

Utilización de los ficheros para fines de investigación

En los casos en que se necesite utilizar datos de carácter personal para hacer alguna investigación relacionada con estos ficheros, esta se realizará con datos disociados. Si no fuera posible la disociación, se solicitará el consentimiento expreso a los ciudadanos para poder utilizar sus datos con este fin.

Artículo 4

Garantías de utilización de los ficheros

El Director General de Ordenación e Inspección, como titular del órgano administrativo responsable de los ficheros a los que hace referencia el artículo primero, adoptará las medidas necesarias para asegurar que los tratamientos de los datos de carácter personal que se encuentren en los referidos ficheros, se utilicen y traten para la finalidad para la que fueron recogidos y para hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, y en la Ley 8/2001, de 13 de junio.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dada en Madrid, a 25 de junio de 2010.

El Consejero de Sanidad, JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC

ANEXO I

Ficheros que se crean

1. Fichero manual REGFARMM de los Registros de establecimientos, servicios farmacéuticos y ópticas y del seguimiento de los mismos en la Comunidad de Madrid.

1. Órgano responsable del fichero: Dirección General de Ordenación e Inspección.

2. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición cuando procedan: Subdirección General de Ordenación.

3. Nombre y descripción del fichero: FICHERO MANUAL ESTRUCTURADO DE TRAMITACIÓN, GESTIÓN DE SOLICITUDES Y REGISTRO DE LAS AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS RELATIVAS A LOS ESTABLECIMIENTOS, SERVICIOS FARMACÉUTICOS Y ÓPTICAS, ASÍ COMO DEL PERSONAL FARMACÉUTICO Y/O ÓPTICO AUTORIZADO PARA EL EJERCICIO EN LOS MISMOS.

4. Carácter del fichero: Manual.

5. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán:

a) De carácter identificativo de los titulares o, en su caso, de sus representantes, de los establecimientos objeto del fichero y del personal farmacéutico/óptico autorizado de los mismos.

b) De empleo: Datos académicos, profesionales y laborales.

c) Otros: Datos económico-financieros y de bienes y servicios recibidos por el afectado provenientes de escrituras públicas en caso de traspaso por herencia y cambio de titularidad.

6. Descripción detallada de la finalidad y usos previstos: POSIBILITAR LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN DESCRITAS EN EL DECRETO 22/2008, DE 3 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD PARA EL SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LAS MISMAS EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

7. Persona o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: LOS TITULARES DE LOS ESTABLECIMIENTOS Y EL PERSONAL FARMACÉUTICO/ÓPTICO OBJETO DE AUTORIZACIÓN.

8. Procedencia y procedimiento de recogida de datos:

— De los titulares de los establecimientos o sus representados profesionales sanitarios y administrativos a través de formularios.

9. Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas:

— No se prevén cesiones.

10. Medidas de seguridad: De nivel medio, de índole física y organizativa, para evitar la pérdida, alteración, tratamiento o acceso no autorizado de los datos.

2. Fichero informatizado TANATOPRAXIA de prácticas de tanatopraxia en la Comunidad de Madrid.

1. Órgano responsable del fichero: Dirección General de Ordenación e Inspección.

2. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición cuando procedan: Servicio de Sanidad Mortuoria.

3. Nombre y descripción del fichero: FICHERO DE LOS REGISTROS DE PERSONAS FALLECIDAS Y FACULTATIVOS QUE LLEVAN A CABO LA PRÁCTICA DE TANATOPRAXIA.

4. Carácter del fichero: Informatizado.

5. Sistema de información al que pertenece: SISTEMA DE INFORMACIÓN DE SANIDAD MORTUORIA.

6. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán:

a) De carácter identificativo: Nombre y dos apellidos del facultativo y del fallecido.

7. Descripción detallada de la finalidad y usos previstos: POSIBILITAR LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN DESCRITAS EN EL DECRETO 22/2008, DE 3 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD PARA EL SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LAS MISMAS EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

8. Persona o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: LOS FACULTATIVOS.

9. Procedencia y procedimiento de recogida de datos:

— De los facultativos o de las empresas donde se realiza la práctica de tanatopraxia.

10. Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas:

— No se prevén cesiones.

11. Medidas de seguridad: Nivel básico.

3. Fichero mixto REISFUCAM de información de empresas, instalaciones y servicios funerarios de la Comunidad de Madrid.

1. Órgano responsable del fichero: Dirección General de Ordenación e Inspección.

2. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición cuando procedan: Servicio de Sanidad Mortuoria.

3. Nombre y descripción del fichero: FICHERO PARA GESTIONAR LA INFORMACIÓN DE EMPRESAS, INSTALACIONES Y SERVICIOS FUNERARIOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

4. Carácter del fichero: Mixto.

5. Sistema de información al que pertenece: SISTEMA DE INFORMACIÓN DE SANIDAD MORTUORIA.

6. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán:

a) De carácter identificativo: Nombre y dos apellidos del titular, denominación, domicilio social, NIF, dirección, teléfono, fax y correo electrónico de la empresa, instalación o servicio funerario autorizado, así como los medios materiales y humanos de que dispone.

7. Descripción detallada de la finalidad y usos previstos: POSIBILITAR LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN DESCRITAS EN EL DECRETO 22/2008, DE 3 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD PARA LA GESTIÓN Y CONTROL SANITARIO EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

8. Personas o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: LAS EMPRESAS FUNERARIAS O TITULARES DE LAS EMPRESAS, INSTALACIONES O SERVICIOS FUNERARIOS.

9. Procedencia y procedimiento de recogida de datos:

— Del Ayuntamiento que autoriza o de los titulares de los mismos.

10. Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas:

— No se prevén cesiones.

11. Medidas de seguridad: Nivel básico.

4. Fichero informatizado MEDVET de control de comercialización de medicamentos veterinarios.

1. Órgano responsable del fichero: Dirección General de Ordenación e Inspección.

2. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación cuando procedan: Servicio de Control Farmacéutico y Productos Sanitarios.

3. Nombre y descripción del fichero:

a) Nombre: FICHERO MEDVET DE CONTROL DE COMERCIALIZACIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS EN LA COMUNIDAD DE MADRID, SIRVIENDO ADEMÁS DE INSTRUMENTO PARA EL CONTROL DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS, ASÍ COMO MEDIDA DE PROTECCIÓN DE LA SALUD.

b) Descripción: APLICACIÓN INFORMÁTICA MEDVET CON LOS SIGUIENTES CAMPOS: NOMBRE, PRIMER APELLIDO, SEGUNDO APELLIDO, NIF DEL PROPIO INTERESADO O REPRESENTANTES LEGALES, RECLAMANTES PARTICULARES, NOTIFICADORES Y TÉCNICOS RESPONSABLES DE ESTOS, ADEMÁS LAS TITULACIONES ACADÉMICAS.

4. Carácter del fichero: Informatizado.

5. Sistema de información al que pertenece: INFORMATIZACIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA.

6. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán:

— De carácter identificativo: Nombre, apellidos, NIF y titulaciones.

7. Descripción detallada de la finalidad y usos previstos: FACILITAR EL PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES DE AUTORIZACIÓN Y COMUNICACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS Y MEDICAMENTOS VETERINARIOS, Y GESTIÓN DE LAS RECLAMACIONES QUE INCORPORARÁ LAS CUANTÍAS DE LAS PROPUESTAS SANCIONADORAS.

8. Persona o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal: PROPIO INTERESADO O REPRESENTANTES LEGALES DE SOLICITANTES DE AUTORIZACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS, ASÍ COMO DE SUS RESPONSABLES TÉCNICOS Y DE LOS RECLAMANTES.

9. Procedencia y procedimiento de recogida de datos:

— Solicitudes de autorizaciones y comunicaciones de establecimientos de medicamentos veterinarios, denuncias y notificadores de reacciones adversas.

10. Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas:

— No se prevén cesiones.

11. Medidas de seguridad: Nivel básico.

5. Fichero informatizado PUBLIMED de Gestión del control de la publicidad de medicamentos.

1. Órgano responsable del fichero: Dirección General de Ordenación e Inspección.

2. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición cuando procedan: Servicio de Control Farmacéutico y Productos Sanitarios.

3. Nombre y descripción del fichero: FICHERO INFORMATIZADO DE LOS RESPONSABLES DE COMUNICACIÓN RELACIONADOS CON LA PUBLICIDAD DE LOS MEDICAMENTOS.

4. Carácter del fichero: Informatizado.

5. Sistema de información al que pertenece: SISTEMA DE GESTIÓN DEL CONTROL DE LA PUBLICIDAD DE MEDICAMENTOS.

6. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán:

a) De carácter identificativo: Nombre y apellidos, teléfono fijo, teléfono móvil, fax y correo electrónico de las personas asignadas por los laboratorios para notificar la información a la Dirección General de Ordenación e Inspección.

b) De empleo: Cargo que tienen en el laboratorio y departamento.

7. Descripción detallada de la finalidad y usos previstos: FACILITAR EL PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES DE COMUNICACIÓN DE PUBLICIDAD DE MEDICAMENTOS, DE COMUNICACIÓN DE SOPORTES VÁLIDOS Y DE COMUNICACIÓN DEL ÍNDICE ANUAL DE ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN DE MEDICAMENTOS PARA LA GESTIÓN DEL CONTROL DE LA PUBLICIDAD DE LOS MEDICAMENTOS, FUNCIÓN QUE ES COMPETENCIA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN DESCRITA EN EL DECRETO 22/2008, DE 3 DE ABRIL, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD.

8. Persona o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: LAS PERSONAS ASIGNADAS POR LOS LABORATORIOS Y EDITORIALES PARA LLEVAR A CABO LAS COMUNICACIONES.

9. Procedencia y procedimiento de recogida de datos:

— Profesionales responsables de comunicación de los laboratorios o de las editoriales a través de las páginas web del sistema de comunicación específicamente diseñado para ello o a través del Registro de la Consejería de Sanidad o Registros oficiales correspondientes.

10. Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas:

— No se prevén cesiones.

11. Medidas de seguridad: Nivel básico.

6. Fichero mixto CEIC-RALMUDENA de almacenamiento único de ensayos clínicos aceptados por el Comité Ético de Investigación Clínica Regional de la Comunidad de Madrid.

1. Órgano responsable del fichero: Dirección General de Ordenación e Inspección.

2. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición cuando procedan: Servicio de Control Farmacéutico y Productos Sanitarios.

3. Nombre y descripción del fichero: FICHERO DE ALMACENAMIENTO ÚNICO DE ENSAYOS CLÍNICOS ACEPTADOS POR EL COMITÉ ÉTICO DE INVESTIGACIÓN CLÍNICA REGIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, CONSULTAS Y EXPLOTACIÓN ESTADÍSTICA DE LOS DATOS CORRESPONDIENTES A LOS ENSAYOS CLÍNICOS.

4. Carácter del fichero: Mixto.

5. Sistema de información al que pertenece: Sistema de información de gestión y control sanitario.

6. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán:

a) De carácter identificativo: Nombre y dos apellidos, NIF/DNI, dirección, teléfono y firma.

b) De empleo: Datos académicos y profesionales.

7. Descripción detallada de la finalidad y usos previstos: POSIBILITAR LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN DESCRITAS EN EL DECRETO 22/2008, DE 3 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD PARA LA GESTIÓN Y CONTROL SANITARIO EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

8. Persona o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: LOS RESPONSABLES DE LOS ENSAYOS CLÍNICOS.

9. Procedencia y procedimiento de recogida de datos:

— De los titulares de los mismos o sus representantes legales.

10. Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas:

— No se prevén cesiones.

11. Medidas de seguridad: Nivel básico.

7. Fichero manual CERTIFICADOSBPL de control de certificados de buenas prácticas de laboratorios.

1. Órgano responsable del fichero: Dirección General de Ordenación e Inspección.

2. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición cuando procedan: Servicio de Control Farmacéutico y Productos Sanitarios.

3. Nombre y descripción del fichero: FICHERO DE CONTROL DE CERTIFICADOS DE BUENAS PRÁCTICAS DE LABORATORIOS (ESTUDIOS NO CLÍNICOS).

4. Carácter del fichero: Manual.

5. Sistema de información al que pertenece: SISTEMA DE INFORMACIÓN DE GESTIÓN Y CONTROL SANITARIO.

6. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán:

— De carácter identificativo: Nombre y dos apellidos, NIF/DNI, dirección, teléfono y firma.

7. Descripción detallada de la finalidad y usos previstos: POSIBILITAR LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN DESCRITAS EN EL DECRETO 22/2008, DE 3 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD PARA LA GESTIÓN Y CONTROL SANITARIO EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

8. Persona o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: LOS SOLICITANTES DE LA EVALUACIÓN.

9. Procedencia y procedimiento de recogida de datos:

— De los titulares de los mismos o sus representados legales.

10. Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas:

— No se prevén cesiones.

11. Medidas de seguridad: Nivel básico.

8. Fichero manual ALMACENESFCO de tramitación, gestión, control e inspección de la actividad de los almacenes farmacéuticos de distribución de medicamentos de uso humano y veterinario.

1. Órgano responsable del fichero: Dirección General de Ordenación e Inspección.

2. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición cuando procedan: Servicio de Control Farmacéutico y Productos Sanitarios.

3. Nombre y descripción del fichero: FICHERO DE TRAMITACIÓN, GESTIÓN, CONTROL E INSPECCIÓN DE LA ACTIVIDAD DE LOS ALMACENES FARMACÉUTICOS DE DISTRIBUCIÓN DE MEDICAMENTOS DE USO HUMANO Y VETERINARIO.

4. Carácter del fichero: Manual.

5. Sistema de información al que pertenece: SISTEMA DE INFORMACIÓN DE GESTIÓN Y CONTROL SANITARIO.

6. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán:

a) De carácter identificativo: Nombre y dos apellidos, NIF/DNI, dirección, teléfono y firma.

b) De empleo: Datos académicos y profesionales.

7. Descripción detallada de la finalidad y usos previstos: POSIBILITAR LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN DESCRITAS EN EL DECRETO 22/2008, DE 3 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD PARA LA GESTIÓN Y CONTROL SANITARIO EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

8. Persona o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: LOS SOLICITANTES.

9. Procedencia y procedimiento de recogida de datos:

— Los solicitantes.

10. Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas:

— No se prevén cesiones.

11. Medidas de seguridad: Nivel básico.

9. Fichero mixto CEIC de gestión de acreditaciones de los comités éticos de investigación clínica en la Comunidad de Madrid.

1. Órgano responsable del fichero: Dirección General de Ordenación e Inspección.

2. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición cuando procedan: Servicio de Control Farmacéutico y Productos Sanitarios.

3. Nombre y descripción del fichero: FICHERO DE GESTIÓN DE ACREDITACIONES DE LOS COMITÉS ÉTICOS DE INVESTIGACIÓN CLÍNICA EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

4. Carácter del fichero: Mixto.

5. Sistema de información al que pertenece: SISTEMA DE INFORMACIÓN DE GESTIÓN Y CONTROL SANITARIO.

6. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán:

a) De carácter identificativo: Nombre y dos apellidos, NIF/DNI, dirección, teléfono y firma.

b) De empleo: Datos académicos y profesionales.

7. Descripción detallada de la finalidad y usos previstos: POSIBILITAR LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN DESCRITAS EN EL DECRETO 22/2008, DE 3 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD PARA LA GESTIÓN Y CONTROL SANITARIO EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

8. Persona o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: LOS SOLICITANTES.

9. Procedencia y procedimiento de recogida de datos:

— De los titulares de los mismos o sus representantes legales.

10. Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas:

— No se prevén cesiones.

11. Medidas de seguridad: Nivel básico.

10. Fichero mixto EPAS de autorización de estudios postautorización con medicamentos de uso humano.

1. Órgano responsable del fichero: Dirección General de Ordenación e Inspección.

2. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición cuando procedan: Servicio de Control Farmacéutico y Productos Sanitarios.

3. Nombre y descripción del fichero: FICHERO DE GESTIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN DE ESTUDIOS POSTAUTORIZACIÓN CON MEDICAMENTOS DE USO HUMANO.

4. Carácter del fichero: Mixto.

5. Sistema de información al que pertenece: SISTEMA DE INFORMACIÓN DE GESTIÓN Y CONTROL SANITARIO.

6. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán:

a) De carácter identificativo: Nombre y apellidos, NIF/DNI, dirección, y teléfono.

b) De empleo: Datos académicos y profesionales.

7. Descripción detallada de la finalidad y usos previstos: POSIBILITAR LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN DESCRITAS EN EL DECRETO 22/2008, DE 3 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD PARA LA GESTIÓN Y CONTROL SANITARIO EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

8. Persona o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: LOS SOLICITANTES.

9. Procedencia y procedimiento de recogida de datos:

— De los titulares de los mismos o sus representados legales.

10. Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas:

— No se prevén cesiones.

11. Medidas de seguridad: Nivel básico.

11. Fichero mixto CONTACT de personas de contacto del Observatorio de Alimentación, Medio Ambiente y Salud.

1. Órgano responsable del fichero: Dirección General de Ordenación e Inspección.

2. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición cuando procedan: Observatorio de Alimentación, Medio Ambiente y Salud de la Subdirección General de Sanidad Ambiental y Epidemiología.

3. Nombre y descripción del fichero:

a) Nombre: FICHERO DE PERSONAS Y EMPRESAS DE CONTACTO.

b) Descripción: BASE DE DATOS ACCESS CON LOS SIGUIENTES CAMPOS: EMPRESA O INSTITUCIÓN, NOMBRE, PRIMER APELLIDO, SEGUNDO APELLIDO, CARGO, DIRECCIÓN POSTAL, TELÉFONOS Y DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO.

4. Carácter del fichero: Mixto, informatizado y con formularios en papel para el tratamiento manual estructurado de la información.

5. Sistema de información al que pertenece: EL MISMO.

6. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán:

a) De carácter identificativo: Nombre, apellidos, teléfono móvil y correo electrónico.

b) De empleo: Cargo en la empresa, dirección postal y teléfono de la empresa.

7. Descripción detallada de la finalidad y usos previstos: POSIBILITAR EL ENVÍO DE INFORMACIÓN PARA FACILITAR LA FORMACIÓN E INFORMACIÓN EN MATERIA DE ALIMENTACIÓN Y SALUD AMBIENTAL.

8. Persona o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal: LAS PERSONAS DE CONTACTO DE LAS EMPRESAS O LAS PROPIAS EMPRESAS DESTINATARIAS DE LA INFORMACIÓN.

9. Procedencia y procedimiento de recogida de datos:

— Cada empresa remite su persona de contacto o la dirección de correo electrónico que consideren oportuna.

10. Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas:

— No se prevén cesiones.

11. Medidas de seguridad: Nivel básico.

12. Fichero mixto SANAMBIENTAL de gestión y control de instalaciones de aguas de consumo humano y de aguas recreativas, inscripción en SINAC y NAYADE y notificación de torres de refrigeración y condensadores evaporativos.

1. Órgano responsable del fichero: Dirección General de Ordenación e Inspección.

2. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición cuando procedan: Servicio de Sanidad Ambiental.

3. Nombre y descripción del fichero: FICHERO DE GESTIÓN Y CONTROL DE INSTALACIONES DE AGUAS DE CONSUMO HUMANO Y DE AGUAS RECREATIVAS, INSCRIPCIÓN EN SINAC Y NAYADE Y NOTIFICACIÓN DE TORRES DE REFRIGERACIÓN Y CONDENSADORES EVAPORATIVOS.

4. Carácter del fichero: Mixto.

5. Sistema de información al que pertenece: SISTEMA DE INFORMACIÓN DE GESTIÓN Y CONTROL SANITARIO.

6. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán:

— De carácter identificativo: Nombre y dos apellidos, NIF/DNI, dirección, teléfono, firma y correo electrónico.

7. Descripción detallada de la finalidad y usos previstos: POSIBILITAR LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN DESCRITAS EN EL DECRETO 22/2008, DE 3 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD PARA LA GESTIÓN Y CONTROL SANITARIO EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

8. Persona o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: LOS SOLICITANTES.

9. Procedencia y procedimiento de recogida de datos:

— Los solicitantes o sus representados legales.

10. Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas:

— No se prevén cesiones.

11. Medidas de seguridad: Nivel básico.

13. Fichero mixto CARNEPLA del censo de personal aplicador de plaguicidas en la Comunidad de Madrid.

1. Órgano responsable del fichero: Dirección General de Ordenación e Inspección.

2. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición cuando procedan: Servicio de Registros Oficiales de Salud Pública.

3. Nombre y descripción del fichero: FICHERO DEL CENSO DE PERSONAL APLICADOR DE PLAGUICIDAS.

4. Carácter del fichero: Mixto.

5. Sistema de información al que pertenece: SISTEMA DE INFORMACIÓN DE REGISTROS OFICIALES DE SALUD PÚBLICA.

6. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán:

a) De carácter identificativo: Nombre y apellidos, NIF/DNI, dirección, teléfono y firma.

b) De empleo: Datos académicos y profesionales.

7. Descripción detallada de la finalidad y usos previstos: POSIBILITAR LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN DESCRITAS EN EL DECRETO 22/2008, DE 3 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD PARA LA GESTIÓN Y CONTROL SANITARIO EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

8. Persona o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: LAS PERSONAS QUE SOLICITAN LA INFORMACIÓN.

9. Procedencia y procedimiento de recogida de datos:

— De los titulares de los mismos o sus representados legales.

10. Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas:

— No se prevén cesiones.

11. Medidas de seguridad: Nivel básico.

14. Fichero mixto CENTROSUVA para la gestión y control de los centros aplicadores de UVA en la Comunidad de Madrid

1. Órgano responsable del fichero: Dirección General de Ordenación e Inspección.

2. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición cuando procedan: Servicio de Registros Oficiales de Salud Pública.

3. Nombre y descripción del fichero: FICHERO PARA LA GESTIÓN Y CONTROL DE LOS CENTROS APLICADORES DE RAYOS UVA EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

4. Carácter del fichero: Mixto.

5. Sistema de información al que pertenece: SISTEMA DE INFORMACIÓN DE REGISTROS OFICIALES DE SALUD PÚBLICA.

6. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán:

a) De carácter identificativo: Nombre y dos apellidos, NIF/DNI, dirección, teléfono y firma.

b) De empleo: Información relativa a la formación de los trabajadores.

7. Descripción detallada de la finalidad y usos previstos: POSIBILITAR LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN DESCRITAS EN EL DECRETO 22/2008, DE 3 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD PARA LA GESTIÓN Y CONTROL SANITARIO EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

8. Persona o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: LOS CENTROS APLICADORES DE RAYOS UVA.

9. Procedencia y procedimiento de recogida de datos:

— De los titulares de los mismos o sus representados legales.

10. Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas:

— No se prevén cesiones.

11. Medidas de seguridad: Nivel básico.

15. Fichero mixto CURBRONCE del censo de establecimientos que realizan cursos del personal aplicador de rayos uva en la Comunidad de Madrid.

1. Órgano responsable del fichero: Dirección General de Ordenación e Inspección.

2. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición cuando procedan: Servicio de Registros Oficiales de Salud Pública.

3. Nombre y descripción del fichero: FICHERO DEL CENSO DE ESTABLECIMIENTOS QUE REALIZAN CURSOS DEL PERSONAL APLICADOR DE RAYOS UVA.

4. Carácter del fichero: Mixto.

5. Sistema de información al que pertenece: Sistema de información de registros oficiales de salud pública.

6. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán:

a) De carácter identificativo: Nombre y dos apellidos, NIF/DNI, dirección, teléfono y firma.

b) De empleo: Datos académicos y profesionales.

7. Descripción detallada de la finalidad y usos previstos: POSIBILITAR LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN DESCRITAS EN EL DECRETO 22/2008, DE 3 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD PARA LA GESTIÓN Y CONTROL SANITARIO EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

8. Persona o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: LAS PERSONAS QUE ACUDEN A FORMACIÓN DE APLICACIÓN DE RAYOS UVA.

9. Procedencia y procedimiento de recogida de datos:

— De los titulares de los mismos o sus representados legales.

10. Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas:

— No se prevén cesiones.

11. Medidas de seguridad: Nivel básico.

16. Fichero mixto CURBIO de autorización, gestión y control de los cursos de formación de biocidas en la Comunidad de Madrid.

1. Órgano responsable del fichero: Dirección General de Ordenación e Inspección.

2. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición cuando procedan: Servicio de Registros Oficiales de Salud Pública.

3. Nombre y descripción del fichero: FICHERO DE AUTORIZACIÓN, GESTIÓN Y CONTROL DE LOS CURSOS DE FORMACIÓN DE BIOCIDAS.

4. Carácter del fichero: Mixto.

5. Sistema de información al que pertenece: SISTEMA DE INFORMACIÓN DE REGISTROS OFICIALES DE SALUD PÚBLICA.

6. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán:

a) De carácter identificativo: Nombre y dos apellidos de los asistentes a los cursos, NIF/DNI, dirección, teléfono y firma.

b) De empleo: Datos académicos y profesionales.

7. Descripción detallada de la finalidad y usos previstos: POSIBILITAR LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN DESCRITAS EN EL DECRETO 22/2008, DE 3 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD PARA LA GESTIÓN Y CONTROL SANITARIO EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

8. Persona o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: LAS PERSONAS QUE ACUDEN A LOS CURSOS DE BIOCIDAS.

9. Procedencia y procedimiento de recogida de datos:

— De los titulares de los mismos o sus representantes legales.

10. Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas:

— No se prevén cesiones.

11. Medidas de seguridad: Nivel básico.

17. Fichero mixto ROESB de control de centros del sector de empresas biocidas en la Comunidad de Madrid.

1. Órgano responsable del fichero: Dirección General de Ordenación e Inspección.

2. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición cuando procedan: Servicio de Registros Oficiales de Salud Pública.

3. Nombre y descripción del fichero: FICHERO DE CONTROL DE CENTROS DEL SECTOR DE EMPRESAS BIOCIDAS EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

4. Carácter del fichero: Mixto.

5. Sistema de información al que pertenece: Sistema de información de gestión y control sanitario.

6. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán:

a) De carácter identificativo: Nombre y apellidos, NIF/DNI, dirección, teléfono y firma.

b) De empleo: Datos académicos y profesionales.

7. Descripción detallada de la finalidad y usos previstos: POSIBILITAR LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN DESCRITAS EN EL DECRETO 22/2008, DE 3 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD PARA LA GESTIÓN Y CONTROL SANITARIO EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

8. Persona o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: LAS PERSONAS QUE LO SOLICITAN.

9. Procedencia y procedimiento de recogida de datos:

— De los titulares de los mismos o sus representados legales.

10. Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas:

— No se prevén cesiones.

11. Medidas de seguridad: Nivel básico.

18. Fichero mixto CERTEXPO de emisión de certificados de exportación de productos alimenticios de empresas alimentarias a terceros países.

1. Órgano responsable del fichero: Dirección General de Ordenación e Inspección.

2. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición cuando procedan: Subdirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria.

3. Nombre y descripción del fichero: FICHERO CERTEXPO PARA GESTIONAR LA EMISIÓN DE CERTIFICADOS DE EXPORTACIÓN DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS DE EMPRESAS ALIMENTARIAS A TERCEROS PAÍSES.

4. Carácter del fichero: Mixto.

5. Sistema de información al que pertenece: SISTEMA DE INFORMACIÓN DE HIGIENE Y SEGURIDAD ALIMENTARIA.

6. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán:

a) De carácter identificativo: Nombre y apellidos, NIF/DNI, dirección, teléfono y firma.

b) De empleo: Datos académicos y profesionales.

7. Descripción detallada de la finalidad y usos previstos: POSIBILITAR LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN DESCRITAS EN EL DECRETO 22/2008, DE 3 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD PARA LA GESTIÓN Y CONTROL SANITARIO EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

8. Persona o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: LAS PERSONAS QUE SOLICITAN LOS CERTIFICADOS DE EXPORTACIÓN.

9. Procedencia y procedimiento de recogida de datos:

— De los titulares de los mismos o sus representados legales.

10. Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas:

— No se prevén cesiones.

11. Medidas de seguridad: Nivel básico.

19. Fichero mixto MATANZACAZA de tramitación y control de las autorizaciones de ayuntamientos y veterinarios colaboradores en matanzas de animales domiciliarias, cacerías, monterías y control oficial de la carne en la Comunidad de Madrid.

1. Órgano responsable del fichero: Dirección General de Ordenación e Inspección.

2. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición cuando procedan: Subdirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria.

3. Nombre y descripción del fichero: FICHERO DE TRAMITACIÓN Y CONTROL DE LAS AUTORIZACIONES DE AYUNTAMIENTOS Y VETERINARIOS COLABORADORES EN MATANZAS DOMICILIARIAS, CACERÍAS, MONTERÍAS Y CONTROL OFICIAL DE LA CARNE EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

4. Carácter del fichero: Mixto.

5. Sistema de información al que pertenece: SISTEMA DE INFORMACIÓN DE GESTIÓN Y CONTROL SANITARIO.

6. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán:

a) De carácter identificativo: Nombre y apellidos, NIF/DNI, dirección, teléfono y firma.

7. Descripción detallada de la finalidad y usos previstos: POSIBILITAR LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN DESCRITAS EN EL DECRETO 22/2008, DE 3 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD PARA LA GESTIÓN Y CONTROL SANITARIO EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

8. Persona o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: LOS SOLICITANTES.

9. Procedencia y procedimiento de recogida de datos:

— De los titulares de los mismos o sus representados legales.

10. Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas:

— No se prevén cesiones.

11. Medidas de seguridad: Nivel básico.

20. Fichero informatizado SUBVENCIONESOI de gestión, tramitación y control de las subvenciones concedidas en el ámbito de la lucha antivectorial y en control de calidad de las aguas de uso humano en municipios.

1. Órgano responsable del fichero: Dirección General de Ordenación e Inspección.

2. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición cuando procedan: Servicio de Sanidad Ambiental.

3. Nombre y descripción del fichero: FICHERO DE SUBVENCIONES CONCEDIDAS EN EL ÁMBITO DE LA LUCHA ANTIVECTORIAL Y EN CONTROL DE CALIDAD DE LAS AGUAS DE USO HUMANO EN MUNICIPIOS.

4. Carácter del fichero: Informatizado.

5. Sistema de información al que pertenece: SISTEMA DE INFORMACIÓN DE SUBVENCIONES.

6. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán:

— De carácter identificativo: Nombre y dos apellidos, NIF/DNI, dirección y teléfono.

7. Descripción detallada de la finalidad y usos previstos: POSIBILITAR LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN DESCRITAS EN EL DECRETO 22/2008, DE 3 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD PARA LA GESTIÓN Y CONTROL SANITARIO EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

8. Persona o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: LOS SOLICITANTES BENEFICIARIOS DE LA SUBVENCIÓN.

9. Procedencia y procedimiento de recogida de datos:

— De los titulares de los mismos o sus representados legales.

10. Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas:

— No se prevén cesiones.

11. Medidas de seguridad: Nivel básico.

21. Fichero mixto DENUNCIASDGOEI de gestión de denuncias en materia de medicamentos, productos sanitarios, cosméticos, fraudes alimentarios, alimentos y establecimientos alimentarios y de sanidad ambiental en la Comunidad de Madrid.

1. Órgano responsable del fichero: Dirección General de Ordenación e Inspección.

2. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición cuando procedan: Dirección General de Ordenación e Inspección.

3. Nombre y descripción del fichero: FICHERO DE DENUNCIAS EN MATERIA DE MEDICAMENTOS, PRODUCTOS SANITARIOS, COSMÉTICOS, FRAUDES ALIMENTARIOS, ALIMENTOS Y ESTABLECIMIENTOS ALIMENTARIOS Y DE SANIDAD AMBIENTAL TRAMITADAS EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN.

4. Carácter del fichero: Mixto.

5. Sistema de información al que pertenece: SISTEMA DE INFORMACIÓN DE GESTIÓN DE DENUNCIAS.

6. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán:

a) De carácter identificativo: Nombre y apellidos, NIF/DNI, dirección, teléfono y firma.

b) Otros datos: Correo electrónico y registro sanitario.

7. Descripción detallada de la finalidad y usos previstos: POSIBILITAR LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN DESCRITAS EN EL DECRETO 22/2008, DE 3 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD PARA LA GESTIÓN Y CONTROL SANITARIO EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

8. Persona o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: LOS CIUDADANOS Y RESIDENTES EN LA COMUNIDAD DE MADRID QUE PRESENTEN DENUNCIAS EN MATERIA DE MEDICAMENTOS, PRODUCTOS SANITARIOS, COSMÉTICOS, FRAUDES ALIMENTARIOS, ALIMENTOS Y ESTABLECIMIENTOS ALIMENTARIOS Y DE SANIDAD AMBIENTAL EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

9. Procedencia y procedimiento de recogida de datos:

— De los titulares de los mismos o sus representados legales.

10. Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas:

— No se prevén cesiones.

11. Medidas de seguridad: Nivel básico.

22. Fichero mixto EXPED-IT para la recopilación de datos personales y diagnósticos clínicos de los pacientes atendidos en la RSUUP de la Comunidad de Madrid a efectos de baja clínico-laboral.

1. Órgano responsable del fichero: Dirección General de Ordenación e Inspección.

2. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición cuando procedan: Subdirección General de Inspección Sanitaria y Farmacéutica.

3. Nombre y descripción del fichero: ARCHIVO DE EXPEDIENTES DE INCAPACIDAD TEMPORAL DE LOS PACIENTES ATENDIDOS EN LOS CENTROS DEPENDIENTES DE LAS INSPECCIONES MÉDICAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

4. Carácter del fichero: Mixto.

5. Sistema de información al que pertenece: SISTEMA DE INFORMACIÓN DE INSPECCIÓN SANITARIA Y FARMACÉUTICA.

6. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán:

— Conjunto o recopilación de datos personales, identificativos, de diagnósticos clínicos por contingencias comunes y/o accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales y de transacciones.

7. Descripción detallada de la finalidad y usos previstos: POSIBILITAR LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN DESCRITAS EN EL DECRETO 22/2008, DE 3 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD RECOPILANDO DATOS Y DIAGNÓSTICOS CLÍNICOS DE LOS PACIENTES ATENDIDOS EN LA RED SANITARIA ÚNICA DE UTILIZACIÓN PÚBLICA A EFECTOS DE BAJA CLÍNICA LABORAL.

8. Persona o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: PACIENTES ATENDIDOS EN LA RED SANITARIA ÚNICA DE UTILIZACIÓN PÚBLICA, DEPENDIENTE DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

9. Procedencia y procedimiento de recogida de datos:

— El propio interesado, su representante legal y el facultativo o facultativos conocedores del proceso de IT. La recogida de datos se obtiene a través de entrevista personal, formularios y el derivado del proceso de atención sanitaria.

10. Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas:

— No se prevén cesiones.

11. Medidas de seguridad: Nivel alto.

23. Fichero mixto VISADORECETAS para la recopilación de información básica de los pacientes atendidos en la RSUUP de la Comunidad de Madrid para el control de la prestación médico-farmacéutica.

1. Órgano responsable del fichero: Dirección General de Ordenación e Inspección.

2. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición cuando procedan: Subdirección General de Inspección Sanitaria y Farmacéutica.

3. Nombre y descripción del fichero: ARCHIVO DE INFORMES Y DE PRESCRIPCIÓN DE MEDICAMENTOS REALIZADA POR FACULTATIVOS DE LA RED SANITARIA ÚNICA DE UTILIZACIÓN PÚBLICA, DE LOS PACIENTES ATENDIDOS EN HOSPITALES Y EN CENTROS DEPENDIENTES DE LAS INSPECCIONES MÉDICAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

4. Carácter del fichero: Mixto.

5. Sistema de información al que pertenece: SISTEMA DE INFORMACIÓN DE INSPECCIÓN SANITARIA Y FARMACÉUTICA.

6. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán:

— Datos de carácter identificativo y otros especialmente protegidos (salud), y de transacciones.

7. Descripción detallada de la finalidad y usos previstos: POSIBILITAR LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN DESCRITAS EN EL DECRETO 22/2008, DE 3 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD PARA EL SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LAS MISMAS EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

8. Persona o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: LOS FACULTATIVOS Y LOS PACIENTES.

9. Procedencia y procedimiento de recogida de datos:

— De los titulares de los mismos o sus representados profesionales sanitarios y administrativos a través de formularios.

10. Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas:

— No se prevén cesiones.

11. Medidas de seguridad: Nivel alto.

ANEXO II

FICHEROS QUE SE MODIFICAN

1. Fichero informatizado REGFARM de los Registros de establecimientos, servicios farmacéuticos y ópticas y del seguimiento de los mismos en la Comunidad de Madrid.

1. Órgano responsable del fichero: Dirección General de Ordenación e Inspección.

2. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición cuando procedan: Subdirección General de Ordenación.

3. Nombre y descripción del fichero: FICHERO DE TRAMITACIÓN, GESTIÓN DE SOLICITUDES Y REGISTRO DE LAS AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS RELATIVAS A LOS ESTABLECIMIENTOS, SERVICIOS FARMACÉUTICOS Y ÓPTICAS ASÍ COMO DEL PERSONAL FARMACÉUTICO Y/O ÓPTICO AUTORIZADO PARA EL EJERCICIO EN LOS MISMOS.

4. Carácter del fichero: Informatizado.

5. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán:

a) De carácter identificativo: Titularidad y, en su caso, representación, nombre y apellidos, DNI/NIF, firma y rúbrica, localización, cartera de servicios, horarios, teléfono, fax, correo electrónico. Nombre y apellidos, DNI/NIF, número de colegiado del titular, firma y rúbrica del farmacéutico titular o titulares de la oficina de farmacia. Nombre y apellidos del farmacéutico regente, sustituto y adjunto. Nombre y apellidos del propietario y del Director-Técnico de las ópticas.

b) De empleo: Contratos y títulos académicos.

6. Descripción detallada de la finalidad y usos previstos: POSIBILITAR LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INSPECCIÓN DESCRITAS EN EL DECRETO 22/2008, DE 3 DE ABRIL, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD PARA EL SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LAS MISMAS EN LA COMUNIDAD DE MADRID.

7. Persona o colectivos sobre los que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: LOS TITULARES DE LOS ESTABLECIMIENTOS Y EL PERSONAL FARMACÉUTICO/ÓPTICO OBJETO DE AUTORIZACIÓN.

8. Procedencia y procedimiento de recogida de datos:

— De los titulares de los establecimientos o sus representados profesionales sanitarios y administrativos a través de formularios.

9. Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas:

— Al SERMAS la información relativa a la titularidad, identificación y ubicación de los establecimientos autorizados.

10. Órganos o entidades destinatarias de las cesiones previstas:

— No se prevén cesiones.

11. Medidas de seguridad: Nivel bajo.

ANEXO III

FICHEROS QUE SE SUPRIMEN

1. Fichero CONHIDAT, creado en el Decreto 133/1997, de 16 de octubre, inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Apdcm con código de identificación número 1973170399, se suprime al haber dejado de utilizarse y no contener en estos momentos datos de carácter personal.

2. Fichero MANIPULA, creado en el Decreto 133/1997, de 16 de octubre, inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Apdcm con código de identificación número 1973170396, se suprime al haber dejado de utilizarse y no contener en estos momentos datos de carácter personal.

3. Fichero FARMA, en el sistema de información Sigep, inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Apdcm con código de identificación número 1973170544, se suprime al haber dejado de utilizarse y no contener en estos momentos datos de carácter personal.

4. Fichero VETE, en el sistema de información Sigep, inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Apdcm con código de identificación número 1973170582, se suprime al haber dejado de utilizarse y no contener en estos momentos datos de carácter personal.

5. Ficheros de Archivo de Incapacidad Temporal (IT) manuales, creados por Orden 1060/2003, de 6 de noviembre, e inscritos en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Apdcm con código de identificación número 2040090028 a 2040090057, número 2040090056 y número 2040090057 EXPEDIENTES IT-ÁREA XI VILLAVERDE, EXPEDIENTES IT-ÁREA XI PONTONES, EXPEDIENTES IT-COORD.PROVINCIAL, EXPEDIENTES IT-ÁREA I BUEN.AIRES, EXPEDIENTES IT-ÁREA II COSLADA, EXPEDIENTES IT-ÁREA II D.ESQUERDO, EXPEDIENTES IT-ÁREA III A.HENARES, EXPEDIENTES IT-ÁREA III TORREJON, EXPEDIENTES IT-ÁREA IV SAN BLAS, EXPEDIENTES IT-ÁREA IX FUENLABRAD, EXPEDIENTES IT-ÁREA IX LEGANES, EXPEDIENTES IT-ÁREA V ALCOBENDAS, EXPEDIENTES IT-ÁREA V FUENCARRAL, EXPEDIENTES IT-ÁREA V J.MARVA, EXPEDIENTES IT-ÁREA VI ARGUELLES, EXPEDIENTES IT-ÁREA VI EL ESCORIA, EXPEDIENTES IT-ÁREAVI MAJADAHOND, EXPEDIENTES IT-ÁREA VII, EXPEDIENTES IT-ÁREA VIII ALCORCON, EXPEDIENTES IT-ÁREA VIII MOSTOLES, EXPEDIENTES IT-ÁREA X GETAFE, EXPEDIENTES IT-ÁREA X PARLA, EXPEDIENTES IT-ÁREA XI ARANJUEZ, EXPEDIENTES IT-ÁREA XI ORCASITAS, EXPEDIENTES IT-ÁREA XI CARABANCHE se suprimen para adaptarse a la Ley 6/2009, de 16 de noviembre, de Libertad de Elección en la Sanidad de la Comunidad de Madrid, que modifica el artículo 4 de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, pasando sus datos personales al fichero mixto EXPED-IT.

6. Ficheros de Archivo de Incapacidad Temporal (IT) informatizados, creados por Orden 1060/2003, de 6 de noviembre, e inscritos en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Apdcm con código de identificación número 204068058 a 2040680088 y número 2040090055 EXPEDIENTES IT-ÁREA XI VILLAVERDE, EXPEDIENTES IT-ÁREA XI PONTONES, EXPEDIENTES IT-COORD.PROVINCIAL, EXPEDIENTES IT-ÁREA I BUEN.AIRES, EXPEDIENTES IT-ÁREA II COSLADA, EXPEDIENTES IT-ÁREA II D.ESQUERDO, EXPEDIENTES IT-ÁREA III A.HENARES, EXPEDIENTES IT-ÁREA III TORREJON, EXPEDIENTES IT-ÁREA IV SAN BLAS, EXPEDIENTES IT-ÁREA IX FUENLABRAD, EXPEDIENTES IT-ÁREA IX LEGANES, EXPEDIENTES IT-ÁREA V ALCOBENDAS, EXPEDIENTES IT-ÁREA V FUENCARRAL, EXPEDIENTES IT-ÁREA V J.MARVA, EXPEDIENTES IT-ÁREA VI ARGUELLES, EXPEDIENTES IT-ÁREA VI EL ESCORIA, EXPEDIENTES IT-ÁREA VI MAJADAHOND, EXPEDIENTES IT-ÁREA VII, EXPEDIENTES IT-ÁREA VIII ALCORCON, EXPEDIENTES IT-ÁREA VIII MOSTOLES, EXPEDIENTES IT-ÁREA X GETAFE, EXPEDIENTES IT-ÁREA X PARLA, EXPEDIENTES IT-ÁREA XI ARANJUEZ, EXPEDIENTES IT-ÁREA XI ORCASITAS, EXPEDIENTES IT-ÁREA XI CARABANCHE se suprimen para adaptarse a la Ley 6/2009, de 16 de noviembre, de Libertad de Elección en la Sanidad de la Comunidad de Madrid, que modifica el artículo 4 de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, pasando sus datos personales al fichero mixto EXPED-IT.

7. Ficheros informatizados y manuales estructurados de Archivo de Visado de Recetas, creados por Orden 1060/2003, de 6 de noviembre, e inscritos en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Apdcm con código de identificación número 2040090055, del número 2040090058 a 2040090104 VIS.RECETAS (I), ÁREA I B.AIRES, VIS.RECETAS (M) , VIS.RECETAS (M)-ÁREA II D.ESQUER, VIS.RECETAS (M)-ÁREA II COSLADA, VIS.RECETAS(M)-ÁREA III A.HENAR, VIS.RECETAS (M)-ÁREA III TORREJO, VIS.RECETAS(M)-ÁREA IV S.BLAS, VIS.RECETAS (M)-ÁREA V J.MARVA, VIS.RECETAS (M)-ÁREA V FUENCARRA, VIS.RECETAS (M)-ÁREA V ALCOBENDA, VIS.RECETAS (M)-ÁREA VI ARGUELLE, VIS.RECETAS (M)-ÁREA VI MAJADAHO, VIS.RECETAS (M)-ÁREA VI E.ESCORI, VIS.RECETAS (M)-ÁREA VII, VIS.RECETAS (M)-ÁREA VIII MOSTOL, VIS.RECETAS (M)-ÁREA VIII ALCORC, VIS.RECETAS (M)-ÁREA IX FUENLABR, VIS.RECETAS (M)-ÁREA IX LEGANES, VIS.RECETAS (M)-ÁREA X GETAFE, VIS.RECETAS (M)-ÁREA X PARLA, VIS.RECETAS (M)-ÁREA XI PONTONES, VIS.RECETAS (M)-ÁREA XI VILLAVER, VIS.RECETAS(M)-ÁREA XI ORCASITA, VIS.RECETAS (M)-ÁREA XI CARABANC, VIS.RECETAS(M)-ÁREA XI ARANJUEZ, VIS.RECETAS (I)-ÁREA II D.ESQUER, VIS.RECETAS (I)-ÁREA II COSLADA, VIS.RECETAS(I)-ÁREA III A.HENAR, VIS.RECETAS (I)-ÁREA III TORREJO, VIS.RECETAS(I)-ÁREA IV S.BLAS, VIS.RECETAS (I)-ÁREA V J.MARVA, VIS.RECETAS (I)-ÁREA V FUENCARRA, VIS.RECETAS (I)-ÁREA V ALCOBENDA, VIS.RECETAS (I)-ÁREA VI ARGUELLE, VIS.RECETAS (I)-ÁREA VI MAJADAHO, VIS.RECETAS (I)-ÁREA VI E.ESCORI, VIS.RECETAS (I)-ÁREA VII, VIS.RECETAS (I)-ÁREA VIII MOSTOL, VIS.RECETAS (I)-ÁREA VIII ALCORC, VIS.RECETAS (I)-ÁREA IX FUENLABR, VIS.RECETAS (I)-ÁREA IX LEGANES, VIS.RECETAS (I)-ÁREA X GETAFE, VIS.RECETAS (I)-ÁREA X PARLA, VIS.RECETAS (I)-ÁREA XI PONTONES, VIS.RECETAS (I)-ÁREA XI VILLAVER, VIS.RECETAS(I)-ÁREA XI ORCASITA, VIS.RECETAS (I)-ÁREA XI CARABANC, VIS.RECETAS(I)-ÁREA XI ARANJUEZ se suprimen para adaptarse a la Ley 6/2009, de 16 de noviembre, de Libertad de Elección en la Sanidad de la Comunidad de Madrid, que modifica el artículo 4 de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, pasando sus datos personales al fichero mixto VISADORECETAS.

ANEXO IV

FICHEROS QUE SE REGULARIZAN PARA ADAPTARLOS AL REAL DECRETO 1720/2007

1. Fichero Tarjetas Notificación Sospechas RAM, fichero manual creado por la Orden 844/2007, de 24 de mayo, de la Consejería de Sanidad y Consumo, e inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Apdcm con código de identificación número 2071900013, se modifica al incluir el nivel de seguridad de nivel alto, debido a la entrada en vigor del Real Decreto 1720/2007, desarrollo reglamentario de la Ley Orgánica de Protección de Datos.

2. Fichero de Notificación de Incidentes Adversos de Diagnóstico in Vitro, fichero manual creado por la Orden 844/2007, de 24 de mayo, de la Consejería de Sanidad y Consumo, e inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Apdcm con código de identificación número 2071900020, se modifica al incluir el nivel de seguridad de nivel alto, debido a la entrada en vigor del Real Decreto 1720/2007, desarrollo reglamentario de la Ley Orgánica de Protección de Datos.

3. Fichero EMPLABO de Seguimiento de Titulares de empresas que envían muestras a analizar en el Laboratorio Regional de Salud Pública, fichero informatizado creado por el Decreto 133/1997, de 16 de octubre, de Consejo de Gobierno, e inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Apdcm con código de identificación número 1973170401, se modifica al incluir el nivel de seguridad de nivel bajo, debido a la entrada en vigor del Real Decreto 1720/2007, desarrollo reglamentario de la Ley Orgánica de Protección de Datos.

4. Fichero AUTORIZACIÓN DE CENTROS SANITARIOS de Gestión de autorizaciones de centros, servicios y establecimientos sanitarios, fichero informatizado creado por la Orden 548/2005, de 1 de abril, de la Consejería de Sanidad y Consumo e inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Apdcm con código de identificación número 1973170407, se modifica al incluir el nivel de seguridad de nivel bajo, debido a la entrada en vigor del Real Decreto 1720/2007, desarrollo reglamentario de la Ley Orgánica de Protección de Datos.

5. Fichero ASIST.SANI de concesión de licencias o certificación de condiciones sanitarias, fichero informatizado creado por el Decreto 133/1997, de 16 de octubre, de Consejo de Gobierno, e inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Apdcm con código de identificación número 1973170412, se modifica al incluir el nivel de seguridad de nivel bajo, debido a la entrada en vigor del Real Decreto 1720/2007, desarrollo reglamentario de la Ley Orgánica de Protección de Datos.

6. Fichero P.RADIOL. de titulares de instalaciones radiológicas y demás datos requeridos por el Ministerio de Sanidad, fichero informatizado creado por el Decreto 133/1997, de 16 de octubre, de Consejo de Gobierno, e inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Apdcm con código de identificación número 1973170420, se modifica al incluir el nivel de seguridad de nivel bajo, debido a la entrada en vigor del Real Decreto 1720/2007, desarrollo reglamentario de la Ley Orgánica de Protección de Datos.

7. Fichero TCENTRO de Registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios establecidos en la Comunidad de Madrid, fichero informatizado creado por el Decreto 133/1997, de 16 de octubre, de Consejo de Gobierno, e inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Apdcm con código de identificación número 1973170423, se modifica al incluir el nivel de seguridad de nivel bajo, debido a la entrada en vigor del Real Decreto 1720/2007, desarrollo reglamentario de la Ley Orgánica de Protección de Datos.

8. Fichero REGSIND de control y seguimiento de industrias alimentarias de la Comunidad de Madrid, fichero informatizado creado por el Decreto 133/1997, de 16 de octubre, de Consejo de Gobierno, e inscrito en el Registro de Ficheros de Datos Personales de la Apdcm con código de identificación número 1973170397, se modifica al incluir el nivel de seguridad de nivel medio, debido a la entrada en vigor del Real Decreto 1720/2007, desarrollo reglamentario de la Ley Orgánica de Protección de Datos.

(03/28.142/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100723-16