Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 175

Fecha del Boletín 
23-07-2010

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100723-119

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SECRETARÍA DE GOBIERNO

119
Nombramiento juez de paz sustituto de Daganzo de Arriba

Don Tomás Sanz Hoyos, secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Certifico: Que por la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior en sesión celebrada el día de hoy, se adoptó el siguiente acuerdo:

Veintiocho.—Nombramiento de juez de paz sustituto de Daganzo de Arriba.

Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Daganzo de Arriba en el que se propone el nombramiento de doña Antonia Encarnación Calabria Muñoz para el cargo de juez de paz sustituto; aprobado por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 17 de marzo de 2010, por 12 votos a favor, que representa la mayoría absoluta del número legal.

Atendiendo a los criterios de la circular del Consejo General del Poder Judicial de fecha 6 de octubre de 1993 con especial referencia al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.

La Sala de Gobierno por unanimidad acuerda: nombrar juez de paz sustituto de Daganzo de Arriba a doña Antonia Encarnación Calabria Muñoz.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al Juzgado decano de primera instancia e instrucción de Torrejón de Ardoz, partido judicial al que pertenece, al alcalde-presidente del Ayuntamiento de Daganzo de Arriba, al Juzgado de paz de la misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su publicación.

Y para que conste y en el cumplimiento de lo acordado, expido y firmo la presente en Madrid, a 21 de junio de 2010.—El secretario (firmado).

(03/27.294/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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