Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 153

Fecha del Boletín 
29-06-2010

Sección 4.130.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100629-190

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE MADRID NÚMERO 29

EDICTO

190
Procedimiento 857 de 2009

Doña Ana María Noriega Tamboleo, secretaria del Juzgado de lo contencioso-administrativo número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue procedimiento abreviado número 857 de 2009, a instancias de don Tiago Rodrigo Dos Santos Mendonca, contra Delegación del Gobierno, sobre procesos contenciosos-administrativos, en el que en el día de la fecha se ha acordado practicar la notificación acordados en el auto, cuyo tenor literal es el siguiente

Auto

El magistrado-juez que la dicta: don Ángel Rubio del Río.

Lugar: Madrid.

Fecha: 17 de mayo de 2010.

Hechos:

Primero.—Por don Tiago Rodrigo Dos Santos Mendonca, en su propio nombre y derecho, asistido del letrado don Fausto del Castillo Fernández, se presentó escrito interponiendo recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la Delegación del Gobierno de 8 de junio de 2009.

Segundo.—Se dicta providencia en fecha 29 de junio de 2009, requiriendo a la parte recurrente para que en el plazo de diez días subsanara la falta consistente en que el recurso aparece sin firma del recurrente y sin asistencia letrada, y que no se ha iniciado mediante demanda, con la advertencia de que de no hacerlo se procedería al archivo de las actuaciones. Dicha providencia fue notificada al letrado don Fausto del Castillo Fernández el día 1 de octubre de 2009.

Tercero.—Observándose que no había sido notificada a la recurrente en el domicilio que consta en autos, al haber presentado el escrito en su propio nombre y derecho, se le requiere por providencia de fecha 3 de diciembre de 2009 para que subsanara los defectos procesales advertidos en dicha resolución, resultando negativa la práctica de dicha diligencia de requerimiento por el Servicio Común de Notificaciones y Embargos de Madrid, por lo que se procede en fecha 22 de enero de 2010 a su notificación mediante edictos tal y como ordenan los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, fijando un ejemplar en el tablón de anuncios del Juzgado durante el tiempo establecido en la Ley, al no constar la recurrente empadronada en domicilio conocido. Ha transcurrido, en exceso, el referido plazo sin que la parte recurrente haya subsanado dicho defecto.

Razonamientos jurídicos:

Primero.—El artículo 78.2 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa establece que el recurso se iniciará por demanda, a la que se acompañará el documento o documentos en que el actor funde su derecho y aquellos previstos en el artículo 45.2. Precepto este que indica que entre otros documentos se acompañará el documento que acredite la representación procesal).

Por otro lado, el artículo 45.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la ­Jurisdicción Contencioso-administrativo, preceptúa que si no se acompañan los documentos expresados en el apartado anterior del mismo precepto y en general siempre que no concurran los requisitos exigidos por esta Ley para la validez de la comparecencia, si no se subsanan tales defectos en el plazo de diez días concedido al efecto, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Segundo.—En el caso presente, el demandante no ha subsanado los defectos mencionados en el hecho segundo del presente auto, a pesar de haber sido requerido para ello, por lo que procede el archivo de las actuaciones.

Vistos los artículos citados y demás de general pertinente aplicación.

Parte dispositiva:

Se acuerda el archivo del recurso formulado por don Tiago Rodrigo Dos Santos Mendonca, siendo su abogado de oficio don Fausto del Castillo Fernández, dejando nota en el libro registro.

Notifíquese la presente resolución al recurrente, practicándose mediante edictos, tal y como ordenan los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, toda vez que el domicilio del recurrente es desconocido, fijándose un ejemplar en el tablón de anuncios del Juzgado durante el tiempo establecido en la Ley y remitiendo otro al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación, haciéndose saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este mismo Juzgado, dentro de los quince días siguientes a su notificación. Será necesario para la admisión de este recurso la consignación del depósito de 50 euros, que exige la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial (introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre) en la cuenta de consignaciones de este Juzgado número 3.943 de “Banesto”.

Lo acuerda, manda y firma don Ángel Rubio del Río, magistrado-juez del Juzgado de lo contencioso-administrativo número 29 de Madrid. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a don Tiago Rodrigo Dos Santos Mandonca, actualmente en paradero desconocido, se expide la presente en Madrid, a 17 de mayo de 2010.—La secretaria (firmado).

(03/24.103/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.130.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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