Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 225

Fecha del Boletín 
21-09-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170921-39

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 39

39
Madrid número 39. Procedimiento 1.357 de 2014, notificación a Ana Jiménez Jiménez

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 1.357 de 2014, entre “Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima” y doña Ana Jiménez Jiménez, en reclamación de 1.905,72 euros, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 88 de 2015

En Madrid, a 11 de mayo de 2015.—Vistos por doña Lourdes Menéndez González-Palenzuela, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 39 de esta ciudad, los autos de juicio verbal número 1.357 de 2014, seguidos a instancias de “Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima”, quien ha actuado con la representación y defensa citadas en el encabezamiento de esta resolución, contra doña Ana Jiménez Jiménez, declarada en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

1. Estimo íntegramente la demanda presentada por “Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima” contra doña Ana Jiménez Jiménez, a quien condeno a pagar a la demandante la suma de 1.905,72 euros.

2. La demandada abonará igualmente los intereses en la forma establecida en el fundamento de derecho cuarto de la presente resolución.

3. Condeno a doña Ana Jiménez Jiménez al pago de las costas del pleito.

Notifíquese la presente resolución a las partes en forma legal, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno (artículo 455.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a doña Ana Jiménez Jiménez, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 7 de julio de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/26.718/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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