Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 223

Fecha del Boletín 
19-09-2017

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170919-56

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 3

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Majadahonda número 3. Procedimiento 70 de 2017, notificación a Cristina Campodonico Pérez y otros

EDICTO

D./DÑA. ANA JIMÉNEZ DELGADO LETRADO/A DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 03 DE MAJADAHONDA

DOY FE Y TESTIMONIO:

Que en el juicio sobre delitos leves nº 70/2017 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

SENTENCIA Nº 65 / 2017

En Majadahonda, a treinta y uno de marzo de dos mil diecisiete.

Vistos en juicio oral por mí, Silvia García-Cuerva García, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Majadahonda, el juicio por delito leve 70/2017, seguido por un supuesto delito leve de lesiones, en el que figura como denunciante Claudia Fuentes Ceballos y como denunciada Juana Cristina Campodonico Pérez, ambas sin asistencia letrada y con la asistencia del Ministerio Fiscal, he pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la siguiente sentencia

FALLO

Que debo absolver y absuelvo a Juana Cristina Campodonico Pérez de los hechos contemplados en la denuncia que está en el inicio de la presente causa, con declaración de oficio de las costas causadas.

Llévese el original de esta sentencia al libro de sentencias, dejando testimonio literal de la misma en las actuaciones.

Notifíquese esta sentencia a las partes haciendo constar que contra la misma cabe recurso de apelación que deberá interponerse ante este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.- En el mismo día de su fecha, y una vez firmada por la Magistrada que la ha dictado, se da a la anterior sentencia la publicidad ordenada por la Constitución y las Leyes. DOY FE.

En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a D./Dña. JUANA CRISTINA CAMPODONICO PEREZ y D./Dña. CLAUDIA FUENTES CEBALLOS, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de MADRID, expido la presente.

En Majadahonda, a 30 de agosto de 2017.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/28.338/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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