Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 222

Fecha del Boletín 
18-09-2017

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170918-41

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALPEDRETE

PERSONAL

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Alpedrete. Personal. Modificación plantilla

En cumplimiento del artículo 169.1, y en atención a lo establecido en el 165 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario fecha 27 de julio de 2017, sobre el expediente de modificación de la plantilla del presupuesto municipal para 2016, consistente en lo siguiente y que se hace público:

— Denominación: vicesecretario/a-interventor/a.

— Grupo: A1.

— NCD: 24.

— Jornada: 37,5 horas.

— Complemento de destino: 8.324,96 euros.

— Complemento específico: 21.901,24 euros.

Y la modificación, mediante ampliación de jornada, de la siguiente plaza:

— Denominación: profesor música.

— Grupo: A2.

— NCD: 18.

— Jornada: 30,10 horas.

— Salario 2017: 20.848,94 euros.

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 8, 10, 46 y 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Alpedrete, a 13 de septiembre de 2017.—El alcalde, Carlos García Gelabert.

(03/30.142/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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