Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 217

Fecha del Boletín 
12-09-2017

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170912-51

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

51
Madrid número 27. Ejecución 43 de 2017, notificación a Ópticos 88, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ELISA CORDERO DIEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 27 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 43/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. RAUL DE LA TORRE ALVAREZ frente a OPTICOS 88 SL sobre Ejecución de Títulos No Judiciales se ha dictado la siguiente resolución :

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 5.974,23 de principal; 298,8 de intereses y 597,8 euros calculados para costas, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL parcial del ejecutado OPTICOS 88 SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Se reitera, nuevamente, la puesta a disposición del trabajador la cantidad por importe de 3,77 euros acordada por Diligencia de 5/5/17.

Procédase a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y una vez firme hágase entrega de Testimonio de la misma. Asimismo, expídase testimonio de la Sentencia recaída en el presente procedimiento y Auto despachando ejecución a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, procediendo posteriormente al archivo de las presentes actuaciones.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a OPTICOS 88 SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a treinta y uno de julio de dos mil diecisiete.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/28.107/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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