Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 207

Fecha del Boletín 
31-08-2017

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170831-63

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

63
Madrid número 10. Procedimiento 263 de 2017, notificación a Selier Inversiones, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ALEJANDRO ASENSIO MUÑOZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 10 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 263/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ADRIANA CAROLINA GOMEZ RICCOBONO frente a FONDO DE GARANTIA SALARIAL (FOGASA) y SELIER INVERSIONES S.L. sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA Nº 213

En Madrid, a 1 de junio de 2017.

Don Francisco Javier Piñonosa Ros, Magistrado-Juez de Adscripción Territorial en funciones de refuerzo del Juzgado de lo Social nº 10 de Madrid, tras haber visto los presentes autos con nº 263/2017 en materia de reclamación de cantidad, seguidos a instancia de doña Adriana Carolina Gómez Riccobono, con DNI 50588625-X, asistida por el Letrado don Raúl Lavín Zamora, contra la empresa SELIER IMPRESIONES S.L, que no comparece, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente

FALLO

Estimo la demanda interpuesta por doña Adriana Carolina Gómez Riccobono contra la empresa SELIER IMPRESIONES S.L y condeno a esta a abonar a aquella la cantidad de 304,89 €, el interés previsto en el art.29.3 del Estatuto de los Trabajadores.

Absuelvo al FOGASA de las pretensiones deducidas en su contra, sin perjuicio de su eventual responsabilidad legal subsidiaria en caso de insolvencia de la empresa.

Se advierte a las partes que esta Sentencia es firme y contra ella no cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SELIER INVERSIONES S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a uno de junio de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/27.570/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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