Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 202

Fecha del Boletín 
25-08-2017

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170825-34

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ESTREMERA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

34
Estremera. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Don José Carlos Villalvilla López, alcalde-presidente del excelentísimo Ayuntamiento de Estremera, en base a lo estipulado en el artículo 41 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre; artículo 21 de la Ley 7/1985, y demás disposiciones concordantes de pertinente aplicación, dicto la siguiente resolución:

Debiendo ausentarme del ejercicio de mis funciones en el Ayuntamiento de Estremera desde el día 15 de agosto al 29 de agosto de 2017 (ambos inclusive), y a fin de evitar que se produzca un colapso en el funcionamiento de los servicios municipales durante mi ausencia.

A la vista de lo dispuesto en el artículo 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, he resuelto:

Primero.—Delegar el ejercicio de mis funciones, durante mi ausencia, en el concejal don Antonio Martínez Pérez.

Segundo.—Fijar como período de eficacia de la delegación, desde el día 15 de agosto al día 29 de agosto de 2017, ambos inclusive.

Tercero.—Ordenar la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a efectos de general conocimiento.

Cuarto.—Dar cuenta de la presente resolución, al Pleno de este Ayuntamiento de Estremera.

Estremera, a 10 de agosto de 2017.—El alcalde, José Carlos Villalvilla López.

(03/27.640/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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