Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 202

Fecha del Boletín 
25-08-2017

Sección 1.2.65.27: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170825-4

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE SANIDAD

SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD

4
RESOLUCIÓN de 9 de agosto de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a declarar la exclusión de doña María Rosario Gómez Blasco, de las pruebas selectivas por el turno de discapacidad para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Especialista en Radiodiagnóstico del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid por incumplimiento de requisitos.

Por Resolución de 18 de mayo de 2015, la entonces Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 123, de 26 de mayo), convocó pruebas selectivas por el turno de discapacidad para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Especialista en Radiodiagnóstico Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid.

La base segunda de la convocatoria en su apartado 2.1.f) establece como requisito para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas “No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Especialista en Radiodiagnóstico, cualquiera que sea su situación administrativa”. Por su parte, la base 2.2 indica que “Los requisitos establecidos en esta base segunda, deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión”.

En virtud de lo establecido en la base segunda anteriormente expuesta, el Tribunal Calificador al tener duda razonable sobre la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Especialista en Radiodiagnóstico en el Servicio Canario de Salud, de doña María Rosario Gómez Blasco, con DNI número 44392464, acordó iniciar el procedimiento establecido en la base 5.11 de la convocatoria, procediendo a realizar requerimiento y trámite de audiencia a la interesada. El Tribunal ante las alegaciones aportadas por la interesada en el plazo establecido, confirmando el incumplimiento de la base segunda en su apartado 2.1.f) y verificada su toma de posesión como personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Especialista en Radiodiagnóstico en el Servicio Canario de Salud, realiza la propuesta de exclusión a esta Dirección General al no quedar acreditado el cumplimiento del requisito establecido en la base 2.1.f), en consonancia con la base 2.2.

Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de acuerdo con lo previsto en la base 2.1.f), 2.2 y 5.11 de la convocatoria, y al amparo de las competencias atribuidas en el Decreto 196/2015 de 4 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de agosto), por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud,

RESUELVE

Declarar la exclusión de las pruebas selectivas por el turno de discapacidad para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Especialista en Radiodiagnóstico del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, de doña María Rosario Gómez Blasco, con DNI número 44392464, al no reunir el requisito exigido en la base 2.1.f) de la convocatoria “No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Especialista en Radiodiagnóstico, cualquiera que sea su situación administrativa”, en relación con lo establecido en la base 2.2, “Los requisitos establecidos en la base segunda, deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión”.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejería de Sanidad, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses.

Dada en Madrid, a 9 de agosto de 2017.—El Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, Pablo Calvo Sanz.

(03/27.527/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.65.27: I. COMUNIDAD DE MADRID

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