Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 199

Fecha del Boletín 
22-08-2017

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170822-75

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

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Madrid número 14. Procedimiento 991 de 2013, notificación a herencia yacente y herederos conocidos y desconocidos de Manuel de Torres y Francos

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

D./Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 991/2013 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. FRANCISCO JAVIER FERNANDEZ PRIETO frente a FOGASA y ABOGADO DEL ESTADO sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA Nº.- 303/2017

En Madrid, a veintiuno de julio de dos mil diecisiete.

Vistos por mí, DOÑA MARÍA ROMERO-VALDESPINO JIMÉNEZ, Magistrado-Juez Sustituto en el Juzgado de lo Social Nº 14 de Madrid, los presentes autos del orden social de la jurisdicción en materia de CANTIDAD entre las siguientes partes: DON FRANCISCO JAVIER FERNÁNDEZ PRIETO como demandante, asistido por la letrada Doña María Eugenia Gutiérrez Martín, y como demandados: DIRECCIÓN GENERAL DEL ESTADO, representado por el Abagado del Estado, Don Javier Moriñigo Villaboa, HERENCIA YACENTE Y HEREDOS CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS DE MANUEL TORRES Y FRANCO, Y FOGASA, que citados no comparecen, se procede a dictar sentencia sobre la base de los siguientes,

FALLO

ESTIMANDO la demanda formulada por DON FRANCISCO JAVIER FERNÁNDEZ PRIETO frente a HERENCIA YACENTE DE D. MANUEL DE TORRES Y FRANCOS, FOGASA y DIRECCION GENERAL DEL ESTADO DEBO CONDENAR Y CONDENO a la HERENCIA YACENTE DE D. MANUEL DE TORRES Y FRANCOS a abonar al actor la cantidad de 12.227,88 euros más el 10% de interés por mora.

Absolviendo al FOGASA, sin perjuicio de su responsabilidad legal subsidiaria en caso de insolvencia de la empresa.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer RECURSO DE SUPLICACIÓN ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual, en su caso, deberá ser anunciado dentro de los 5 días siguientes a la notificación de la sentencia, bastando para ello la mera manifestación en tal sentido de la parte o de su abogado, graduado social o de su representante, en el momento de hacerle la notificación, o por medio de escrito o comparecencia. En el caso de que la recurrente fuera la empresa demandada, deberá acreditar al tiempo de anunciar el recurso haber ingresado en la cuenta corriente de este Juzgado en la entidad bancaria Banco Santander, nº de cuenta 2512 0000 65 0991/17, la cantidad total objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista. De igual modo, todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social intente interponer recurso de suplicación deberá acreditar, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado en la indicada cuenta como depósito la cantidad de 300 euros.

Asimismo, el recurrente deberá abonar las tasas a las que venga obligado en virtud de lo dispuesto por en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a HERENCIA YACENTE, HEREDEROS CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS DE DON MANUEL DE TORRES Y FRANCOS, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintisiete de julio de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/26.403/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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