Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
14-08-2017

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170814-94

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

94
Madrid número 10. Procedimiento 1.131 de 2015, notificación a My Mobility Technology, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ANA BELEN REQUENA NAVARRO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 10 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1131/2015 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARCOS GARRALON SUAREZ frente a FOGASA, PERFECT BLUE IMPORTS SL y MY MOBILITY TECHNOLOGY SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

En Madrid a seis de julio de dos mil diecisiete.

Vistos por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 10, D/ña. MARIA LUISA SEGURA RODRIGUEZ los presentes autos nº 1131/2015 seguidos a instancia de D./Dña. MARCOS GARRALON SUAREZ contra FOGASA, MY MOBILITY TECHNOLOGY SL y PERFECT BLUE IMPORTS SL sobre Reclamación de Cantidad.

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA Nº 285/2017

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Con fecha 02/11/2015 tuvo entrada demanda formulada por D./Dña. MARCOS GARRALON SUAREZ contra FOGASA, MY MOBILITY TECHNOLOGY SL y PERFECT BLUE IMPORTS SL y admitida a trámite se citó de comparecencia a las partes D. MARCOS GARRALON SUAREZ, asistido del Graduado Social D. BONIFACIO DIAZ TORILY NO COMPARECEN FOGASA, MY MOBILITY TECHNOLOGY SL y PERFECT BLUE IMPORTS SL pese a estar debidamente citados, y abierto el acto de juicio por S.Sª. las comparecida manifestó cuantas alegaciones creyó pertinentes en defensa de sus derechos practicándose seguidamente las pruebas que fueron admitidas según queda constancia en el acta correspondiente, y finalmente manifestó sus conclusiones.

En la tramitación de este proceso se han observado las prescripciones legales.

Estimando en parte la demanda interpuesta por DON MARCOS GARRALON SUAREZ frente a las empresas PERFECT BLUE IMPORTS SL y MYMOBILITY TECHNOLOGY SL, condeno a PERFECT BLUE IMPORTS SL a abonar la cantidad de 783,12 euros, más 133,13 euros en concepto del 10% de interés anual por mora.

Absuelvo de la presente reclamación a MYMOBILITY TECHNOLOGY SL y respecto del FGS no se efectúa declaración expresa de absolución o condena, sin perjuicio de sus responsabilidades y con las limitaciones del artículo 33 ET.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a MY MOBILITY TECHNOLOGY SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinticuatro de julio de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/25.783/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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