Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 181

Fecha del Boletín 
01-08-2017

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170801-150

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

150
Madrid número 41. Procedimiento 265 de 2017, notificación a Distribuciones Naturfresh, S. C. M., y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 41 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 265/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JENNIFER STEFANY RODRIGUEZ JARA frente a ANAPAZ SL, PRODUCTOS SPAIN IBERIA 2013 SL, DISTRIBUCIONES NATURFRESH SCM, FONDO DE GARANTIA SALARIAL (FOGASA), FURGO FRUTA SL, VIRTRANS 2013, S.L y MINISTERIO FISCAL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

Que estimando como estimo la demanda formulada por Doña Jennifer Stefany Rodríguez Jara contra la empresa Productos Spain Iberia 2013, S.L, debo declarar y declaro la nulidad del despido efectuado por la empresa y extinguido el contrato de trabajo con efectos de esta sentencia, con derecho a percibir la indemnización de 1.026,03 euros; así como los salarios devengados desde el despido hasta presente resolución judicial en importe de 4.018 euros; así como al abono de una indemnización de 25.000 euros por daños morales.

Que desestimando como desestimo la demanda formulada por Doña Jennifer Stefany Rodríguez Jara contra las entidades Furgo Fruta, S.L., Anapaz, S.L, Distribuciones Naturfresh, S.C.M., y Vitrans 2013, S.L., debo absolver y absuelvo a éstas de los pedimentos de aquella.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta 5052000065026517 del Banco de Santander aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el Banco de Santander o presentar aval de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a DISTRIBUCIONES NATURFRESH SCM, ANAPAZ SL, FURGO FRUTA SL y VIRTRANS 2013, S.L, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a once de julio de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/24.351/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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