Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 181

Fecha del Boletín 
01-08-2017

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170801-149

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

149
Madrid número 41. Ejecución 46 de 2017, notificación a Six Man for All, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 41 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 46/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA PARRA FRAILE, D./Dña. JOSE ENRIQUE GUTIÉRREZ CORBIS y D./Dña. VIRGINIA CASTELLANO VELA frente a SIX MAN FOR ALL S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. VIRGINIA CASTELLANO VELA, D./Dña. MARIA PARRA FRAILE y D./Dña. JOSE ENRIQUE GUTIÉRREZ CORBIS, frente a la demandada SIX MAN FOR ALL S.L., parte ejecutada, por un principal de 3.6816,41 euros principal (en relación a María Parra Fraile 9.575,55 euros: 1.387,54 euros de indemnización, 4.505 euros de salarios, 3.376,17 euros de cantidad y 306,84 correspondiente al recargo, en relación a José Enrique Gutierrez Corbis 17.857,09 euros: 2.144,07 euros de indemnización, 6.961,25 euros de salarios, 8.021,61 euros de cantidad, y 730,16 euros de recargo, y en relación a Virginia Castellano Vela 9.383,77 euros: 1.288,43 euros de indemnización, 4.505 euros de salarios, 3.291,91 euros de cantidad y 298,42 euros de recargo), más 3.681,64 euros y 3.681,64 de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SIX MAN FOR ALL S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a siete de julio de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/24.398/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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