Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 181

Fecha del Boletín 
01-08-2017

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170801-120

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

120
Madrid número 28. Procedimiento 169 de 2015, notificación a Degw Consultoría, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. LUIS ESPINOSA NAVARRO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 28 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 169/2015 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA JESUS ROCA GAJEYA frente a SAMSIC IBERIA SL, LIMPIEZAS INTEGRALES DE MARINA SL, AECOM INOCSA SLU, degw consultoria s.l., SAMSIC SOCIAL SL y INTERSERVER CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO S.L. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución :

Sentencia de fecha 30/06/2017, cuya parte dispositiva es la siguiente:

“Que estimo la pretensión de despido de Dña. MARIA JESUS ROCA GAJEYA, contra Limpiezas Integrales de Marina SL, Samsic Social SL, Samsic Iberia SL, Aecon Inocsa SUL y Degw Arquitectura y Consultoría SL lo declaro improcedente y condeno a Samsic Social SL a su opción a readmitir a la parte actora en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de esta sentencia o a abonarle la indemnización de 7.624’80 euros. Absuelvo a las empresas Limpiezas Integrales de Marina SL, Samsic Iberia SL, Samsic Iberia SL, Aecon Inocsa SUL, Interservice Centro Especial de Empleo SL y Degw Arquitectura y Consultoría SL.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a DEGW CONSULTORIA S.L., e ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a treinta de junio de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/24.342/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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