Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 178

Fecha del Boletín 
28-07-2017

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170728-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

81
Madrid número 3. Ejecución 172 de 2017, notificación a Wanafit, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Ismael Pérez Martínez, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 172 de 2017 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fredy Riveron Valle, frente a “Wanafit, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto de 30 de junio de 2017

Parte dispositiva:

Se acuerda subsanar el error matemático advertido en el auto de ejecución de fecha 26 de junio de 2017, aclarando el error advertido, quedando redactado en los siguientes términos:

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, don Fredy Riveron Valle, frente a la demandada “Wanafit, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 12.051 euros, más 1.205,10 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Se acuerda subsanar el error matemático advertido en el decreto de ejecución de fecha 26 de junio de 2017, aclarando el error advertido, quedando redactado en los siguientes términos:

Antecedentes de hecho:

Primero.—En las presentes actuaciones se ha dictado auto despachando ejecución a favor de don Fredy Riveron Valle, frente a “Wanafit, Sociedad Limitada”, por la cantidad de 12.051 euros en concepto de principal y de 1.205,10 euros en concepto provisional de intereses de demora y costas.

Incorpórese esta resolución al libro de autos y llévese testimonio a los autos.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma la magistrada-juez, Catalina Pérez Noriega.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computase el día siguiente a la notificación de este auto. Notifíquese a las partes y procédase a su publicación edictal.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Wanafit, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de junio de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/24.238/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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