Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-07-2017

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170726-146

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

146
Madrid número 29. Ejecución 154 de 2016, notificación a Adolfo Gil García

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ELENA MÓNICA DE CELADA PEREZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 154/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. RAUL LAZARO VALENCIA frente a D./Dña. ADOLFO GIL GARCIA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución :

PARTE DISPOSITIVA

Se aprueba la liquidación de intereses practicada por la suma de 1.077,56 EUROS a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.

Póngase a disposición del ejecutante, D. RAUL LAZARO VALENCIA la cantidad resultante de la liquidación de intereses, librándose al efecto el oportuno mandamiento a su favor, que podrá ser retirado en la Secretaría de este Juzgado los días miércoles en horario de 10:00 horas a 14:00 horas, bajo apercibimiento de que, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del R.D. 467/2006, de 21 de Abril, por el que se regulan los depósitos y consignaciones judiciales en metálico, de efectos o valores, se procederá a transferir la cantidad a la cuenta de Fondos Provisionalmente Abandonos, si una vez trasncurrido un año dada la fecha de requerimiento no ha sido entregado y cobrado el referido importe.

Devuélvase al ejecutado, D. Adolfo Gil García la cantidad de 2.493,19 euros en concepto de sobrante, librándose al efecto el correspondiente mandamiento de pago a su favor, que igualmente podrá ser retirado en la Secretaría de este Juzgado los días miércoles en horario de 10.00 horas a 14.00 horas, bajo apercibimiento de que, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del R.D. 467/2006, de 21 de Abril, por el que se regulan los depósitos y consignaciones judiciales en metálico, de efectos o valores, se procederá a transferir la cantidad a la cuenta de Fondos Provisionalmente Abandonos, si una vez trasncurrido un año dada la fecha de requerimiento no ha sido entregado y cobrado el referido importe.

Notifíquese la presente resolución a las partes y verificado el cobro de cantidades procédase al archivo de las actuaciones.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2802-0000-64-0154-16.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. ELENA MÓNICA DE CELADA PEREZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. ADOLFO GIL GARCIA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cuatro de julio de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/23.418/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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