Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 175

Fecha del Boletín 
25-07-2017

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170725-77

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 6

77
Alcorcón número 6. Procedimiento 1.023 de 2015, notificación a Isaam Kanjaa

EDICTO

Doña Beatriz Cordón Marqués, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 6.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.023 de 2015, instados por el procurador don Eulogio Paniagua García, en nombre y representación de doña Zaneta Diana Szterewa, contra don Isaam Kanjaa, en los que se ha dictado en fecha 27 de junio de 2017 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Debo estimar y estimo sustancialmente la demanda presentada por doña Zaneta Diana Szterewa acordando la suspensión de la patria potestad de don Isaam Kanjaa sobre su hija Serrín Kanjaa, atribuyendo el ejercicio exclusivo de la misma a doña Zaneta Diana Szterewa, sin perjuicio de la posibilidad de alzar la suspensión de la patria potestad, si cesan las causas que la motivan.

No ha lugar a especial pronunciamiento en costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes procesales, al representante del ministerio fiscal.

Contra la presente sentencia, que no es firme, cabe interponer el correspondiente recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Isaam Kanjaa y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Alcorcón, a 27 de junio de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/23.661/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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