Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
21-07-2017

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170721-68

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MORALZARZAL

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

68
Moralzarzal. Organización y funcionamiento. Delegación competencias

Decreto de la Alcaldía-Presidencia de modificación régimen de delegación de competencias y advocación temporal por vacaciones estivales de concejales con competencias delegadas.

Resultando que, autorizada por esta Alcaldía la ausencia de Concejalías-Delegadas y del propio alcalde por motivos personales durante el mes de julio de 2017 (vacaciones estivales).

Considerando lo establecido en los artículos 21.3, 23 y 71 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, Ley 7/1985, del 2 de abril, así como los artículos 43 a 48 y 52 y siguientes del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, acuerdo:

1. Desde el día 10 al 21 de julio de 2017, por motivo de vacaciones estivales de don Samuel Ferreras, concejal-delegado del Área de Hacienda y Recursos Humanos, se advocan las competencias mediante decreto de 13 de marzo de 2017, que serán ejercidas directamente por la Alcaldía.

2. Desde el día 24 al 31 de julio, por idénticas razones, las competencias delegadas de Alcaldía en materia de Juventud, Servicios Sociales, Turismo y Desarrollo, a favor de don Ángel Martínez, serán ejercidas directamente por la Alcaldía.

3. De acuerdo con la normativa vigente, esta Alcaldía, por ausencia vacacional, será sustituida durante los días 17 al 21 de julio por la primera teniente de alcalde, doña Gema Duque.

4. Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Lo que decreto en Moralzarzal, a 5 de julio de 2017.—El alcalde-presidente, Juan Carlos Rodríguez Osuna.

(03/24.003/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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