Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 171

Fecha del Boletín 
20-07-2017

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170720-194

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

194
Madrid número 41. Procedimiento 1.255 de 2015, notificación a Zouhair Erma Serroukh

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 41 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1255/2015 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MIGUEL CARDENAS LEGANES frente a D./Dña. JESUS ALBERTO CANO VAZQUEZ, D./Dña. ZOUHAIR ERMA SERROUKH y FOGASA sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

Se tiene por NO ANUNCIADO el recurso de suplicación mencionado en el hecho 1º de esta resolución.

MODO DE IMPUGNACION: Recurso de queja ante la Sala de lo Social del T.S.J. de Madrid en el plazo de DIEZ DIAS, desde la notificación de la presente resolución (Art 495 L.E.C y 189 L.J.S), debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 30 Euros en la cuenta de consignaciones de la Sala del T.S.J de Madrid.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. ZOUHAIR ERMA SERROUKH, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintinueve de junio de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/22.875/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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