Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 171

Fecha del Boletín 
20-07-2017

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170720-190

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

190
Madrid número 38. Procedimiento 950 de 2016, notificación a Perroflauta Producciones, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. JOSE ANTONIO RINCON MORA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 38 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 950/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. GLORIA MORENO ALBARATE, D./Dña. TOMCZYK KATARZYNA-MARIA y D./Dña. ESTEFANY FRANCO SANCHEZ frente a PERROFLAUTA PRODUCCIONES SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Que estimando la demanda formulada por doña GLORIA MORENO ALBALATE, doña TOMCZYK KATARZYNA contra PERRO FLAUTA PRODUCCIONES S.L., en reclamación de CANTIDAD, debo condenar y condeno a la empresa PERRO FLAUTA PRODUCCIONES S.L., a abonar a doña GLORIA MORENO ALBALATE la cantidad de 2.727,96 euros.

Se tiene por desistida a la doña TOMCZYK KATARZYNA y doña ESTEFANY FRANCO SÁNCHEZ de su demanda frente a PERRO FLAUTA PRODUCCIONES S.L.

Notifíquese la presente resolución a las partes en la forma legalmente establecida, haciéndoles saber que la misma es firme ya que, contra la misma NO CABE INTERPONER RECURSO.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PERROFLAUTA PRODUCCIONES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiocho de junio de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/22.883/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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