Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 169

Fecha del Boletín 
18-07-2017

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170718-53

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO

CONTRATACIÓN

53
Colmenar Viejo. Contratación. Licitación servicio orientación y mediación familiar

Aprobado por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 6 de julio de 2017, el expediente para la contratación que seguidamente se describe y cuya adjudicación se realizará en virtud de procedimiento abierto.

Se hace público un resumen del mismo a los efectos previstos en el artículo 142 del texto refundido de la Ley de Contratos del Servicio Público:

1. Entidad adjudicataria: Ayuntamiento de Colmenar Viejo, Junta de Gobierno Local.

— Dependencia que tramita el expediente: Departamento de Contratación. Plaza del Pueblo, número 1. Teléfono: 918 450 053, extensiones 237 y 238. Fax: 918 462 996. Correo electrónico: contratacion@colmenarviejo.com

2. Objeto: servicio de orientación y mediación familiar.

3. Tipo de licitación: será de 27.272,73 euros, más 2.727,27 euros correspondientes al 10 por 100 de IVA. Total: 30.000 euros/año, mejorable a la baja.

4. Tramitación: procedimiento abierto.

5. Plazo de ejecución: será de dos años desde la formalización del contrato. Dicho plazo podrá prorrogarse por dos años más por períodos anuales con un máximo de dos años.

6. Garantía definitiva: 5 por 100 del importe de la adjudicación del contrato, sin incluir el IVA.

7. Lugar de examen del expediente: Departamento de Contratación. Domicilio y teléfono ya expresados.

8. Presentación plicas:

— Fecha Límite: será de quince días naturales contados a partir del día de publicación de este anuncio.

— Forma de presentación: la señalada en la cláusula 12 del pliego de condiciones administrativas.

— Lugar de presentación: Departamento de Contratación, de lunes a viernes, de nueve a catorce horas, o enviados por correo certificado.

9. Criterios de valoración:

— Se establece como criterio único para la adjudicación del contrato la oferta económica más ventajosa.

— Al tratarse de un procedimiento con un único criterio de valoración, la oferta económicamente más ventajosa será la que incorpore el precio más bajo y que no haya sido declarada desproporcionada o anormal por el órgano de contratación.

10. Gastos de anuncio: el importe de este anuncio será a cargo de quien resulte adjudicatario.

Colmenar Viejo, a 14 de julio de 2017.—El primer teniente de alcalde, Carlos Blázquez Rodríguez.

(01/24.773/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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