Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
17-07-2017

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170717-71

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Villaviciosa de Odón. Organización y funcionamiento. Modificación Áreas de Gobierno

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), y de conformidad con la resolución de la Alcaldía-Presidencia de 3 de julio de 2017, se hace público lo siguiente:

Primero.—Modificar la resolución de esta Alcaldía 4254/2016, sobre configuración de las Áreas de Gobierno del Ayuntamiento en los siguientes términos:

a) Se excluyen del Área de Gobierno de Seguridad Ciudadana y Protección Civil, Medio Ambiente y Mobiliario Urbano, Movilidad y Transporte, Comunicación y Nuevas Tecnologías, asignada a la concejala doña María Martín Revuelta, las materias relativas a comunicación y nuevas tecnologías.

En consecuencia, el Área de Gobierno asignada a la concejala doña María Martín Revuelta pasa a denominarse “Área de Gobierno de Seguridad Ciudadana y Protección Civil, Medio Ambiente y Mobiliario Urbano, Movilidad y Transporte”, con el siguiente contenido:

— En materia de seguridad ciudadana y protección civil le corresponde a esta área la gestión de las políticas sobre seguridad ciudadana, protección civil y Policía Local, y las autorizaciones para el uso de armas que corresponda otorgar al Ayuntamiento.

— En materia de medio ambiente corresponde a esta Área de Gobierno el diseño y aplicación de políticas públicas en materia de medio ambiente, gestión de usos y obras en suelo no urbanizable, salvo las actuaciones expresamente reservadas a la Alcaldía, el ejercicio de competencias municipales en materia de arbolado, catálogo de especies arbóreas de especial protección, protección de ejemplares singulares, talas y trasplantes de árboles, el mantenimiento y conservación de parques, jardines y zonas verdes, limpieza de vías públicas, gestión de residuos, y la gestión de las competencias municipales en materia de medio ambiente urbano (control de ruidos, calidad del aire).

Se atribuye a esta área la supervisión del cumplimiento del deber de los propietarios de mantener las fincas y solares en las adecuadas condiciones de seguridad y salubridad.

Comprende también esta área el diseño, implantación y seguimiento de planes municipales en materia ambiental, para el cumplimiento de los compromisos adquiridos en los instrumentos o protocolos a los que se adhiera el Ayuntamiento, así como el diseño y aplicación de políticas de educación y concienciación ambiental

También queda incluida en esta Área de Gobierno la gestión y diseño de las políticas públicas sobre información y participación ciudadana en medio ambiente.

— En materia de mobiliario urbano, corresponde a esta Área de Gobierno la gestión del mantenimiento del mobiliario urbano para asegurar sus adecuadas condiciones de seguridad, y su funcionalidad para el mejor servicio a los vecinos y la más eficiente ocupación de los espacios públicos para permitir su uso y disfrute por los vecinos.

— En materia de transportes y movilidad corresponde a esta Área de Gobierno el control y ordenación del tráfico en las vías urbanas, estacionamiento de vehículos en vías urbanas, el diseño y gestión de las políticas municipales en materia de transporte y movilidad, incluidos los servicios de transporte de viajeros en vías urbanas (autotaxis), así como el diseño e implantación de planes sobre uso de la vía pública, incluidos planes de peatonalización.

b) Se incluye en el Área de Gobierno de Recursos Humanos y Régimen Interior, Deportes, Educación, Juventud, Menor y Familia, Empleo y Desarrollo Empresarial, encomendada al concejal don David Prieto Giraldes, las materias correspondientes a comunicación y nuevas tecnologías.

En consecuencia, el Área de Gobierno asignada al concejal don David Prieto Giraldes pasa a denominarse “Área de Gobierno de Recursos Humanos y Régimen Interior, Deportes, Educación, Juventud, Menor y Familia, Empleo y Desarrollo Empresarial, Comunicación y Nuevas Tecnologías”, con el siguiente contenido:

— Dentro de la materia de recursos humanos corresponde a esta área la gestión de personal del Ayuntamiento, el diseño y aplicación de las ofertas de empleo y las políticas para una adecuada y eficaz gestión de los recursos humanos, el diseño y aplicación de sistemas de evaluación del rendimiento del personal, la aplicación de métodos de trabajo; la seguridad e higiene en el trabajo, los planes de emergencia de los edificios e instalaciones municipales el diseño de planes de formación del personal, la gestión de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento.

— En materia de régimen interior comprende la política de atención al ciudadano, registro de documentos, estadística y padrón, la organización de la administración municipal, diseño y gestión del organigrama municipal, creación, modificación y supresión de unidades administrativas, calidad y mejora de procesos, gestión de la política de transparencia del ayuntamiento, bajo la superior dirección de la Alcaldía.

— En materia de educación, diseño e implantación de las políticas públicas en materia de enseñanza, la gestión de los equipamientos educativos y las relaciones con la comunidad educativa de Villaviciosa de Odón.

— En materia de juventud, le corresponde a esta área el diseño y gestión de las políticas municipales en materia de juventud, y medidas de ayuda a la emancipación de los jóvenes del municipio, de acuerdo con la Ley 8/2002, de 27 de noviembre, de Juventud de la Comunidad de Madrid.

— En materia de deportes corresponde a esta Área de Gobierno la gestión de las políticas públicas en materia de deporte, en ejercicio de las competencias atribuidas por la Ley 7/1985 a los municipios, y de acuerdo con la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, la gestión del uso de las instalaciones deportivas municipales, la gestión del servicio público municipal de deportes y la relación con las entidades deportivas del municipio.

— En materia de menor y familia se atribuye a esta Área de Gobierno el diseño y aplicación de las políticas públicas dirigidas a los menores, para su adecuada protección y su desarrollo personal, así como el diseño y aplicación de las políticas públicas dirigidas a la familia.

— En materia de promoción económica y desarrollo empresarial quedan comprendidos en esta área el diseño e implantación de las políticas públicas dirigidas a la dinamización y potenciación de la vida económica local, el diseño de planes estratégicos de desarrollo económico, la planificación económica, la fijación de objetivos para la promoción de actividades económicas en el municipio, las relaciones con los agentes sociales en la búsqueda de políticas integrales de desarrollo y el fomento de actividades económicas a través de la cooperación pública en planes y en general aquellas políticas públicas que propugnen e incentiven el desarrollo de sectores productivos y de actividades económicas para un desarrollo adecuado de la vida económica del municipio.

— En materia de empleo quedan comprendidos en esta área el diseño e implantación de las políticas públicas de formación y de promoción del empleo en su doble vertiente de autoempleo y empleo por cuenta ajena, como piezas clave en la política de bienestar y desarrollo local para conseguir la mejor inserción laboral de los vecinos; el desarrollo de planes de formación y la puesta en marcha de medidas y programas de empleo tanto propios como en colaboración con otras entidades e instituciones, como medio para dar salida a las demandas que puedan tener tanto los empleadores como los demandantes de empleo.

Queda adscrito a esta Área de Gobierno el Instituto Municipal de Fomento del Empleo (IMFE), así como el Centro de Información Juvenil

— En materia de nuevas tecnologías corresponde a esta Área de Gobierno el impulso y difusión del uso de las tecnologías de la información y el conocimiento, administración electrónica, diseño y aplicación de políticas públicos para la aplicación efectiva de las previsiones de las normas sobre acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

— En materia de medios de comunicación le corresponde la gestión de las relaciones con los medios de comunicación, la gestión de los medios de comunicación del Ayuntamiento, y publicaciones municipales.

c) El apartado cuarto de la parte dispositiva de la resolución 4254/2016, sobre asignación de la gestión de las Áreas de Gobierno, queda redactado en los siguientes términos en cuanto a las Áreas de Gobierno afectadas por esta modificación:

— Doña María Martín Revuelta: Área de Gobierno de Seguridad Ciudadana y Protección Civil, Medio Ambiente y Mobiliario Urbano y Movilidad y Transportes.

— Don David Prieto Giraldes, Área de Gobierno de Recursos Humanos y Régimen Interior, Juventud y Deportes, Educación, Menor y Familia, Empleo y Desarrollo Empresarial, Comunicación y Nuevas Tecnologías.

Segundo.—Revocar la delegación genérica del ejercicio de las competencias de la Alcaldía en materia de comunicación y nuevas tecnologías realizada en la resolución 1650/2017 en favor de la concejala miembro de la Junta de Gobierno Local doña María Martín Revuelta.

Tercero.—Delegar en el concejal miembro de la Junta de Gobierno Local don David Prieto Giraldes el ejercicio de las siguientes competencias de la Alcaldía en materia de comunicación y nuevas tecnologías, con la facultad de dictar actos administrativos que afecten a terceros en las siguientes materias:

a) Las resoluciones de creación, modificación y supresión de ficheros de datos de carácter personal, de acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

b) La resolución de los procedimientos de ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación reconocidos por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, que se refieran a los ficheros incluidos dentro del Área de Gobierno.

La delegación genérica queda sujeta al régimen general de este tipo de delegaciones establecido en la resolución de esta Alcaldía 1650/2017, que queda vigente en todo lo no expresamente indicado en esta Resolución.

Cuarto.—Esta resolución será efectiva desde el día de su firma y será hecha pública mediante la inserción de un edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento de los artículos 44 y 46 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Esta resolución será notificada a los interesados, para su aceptación en el caso del concejal a favor del cual se realiza la delegación, informándole de que, de acuerdo con el artículo 114 del Real Decreto 2568/1986 citado, la delegación se entenderá aceptada tácitamente si en el plazo de tres días hábiles contados desde la notificación no realiza ninguna manifestación expresa en sentido contrario ante el órgano delegante.

Quinto.—Esta resolución se notificará a los portavoces de los grupos municipales, se dará cuenta de ella al Pleno en la primera sesión que se celebre y se insertará en el libro de resoluciones de Alcaldía-Presidencia.

Sexto.—Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa (artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local), podrán interponerse los siguientes recursos:

a) Con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto que se notifica, para lo que dispone del plazo de un mes desde la fecha de la notificación (artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, LPACAP).

b) Directamente (esto es, sin necesidad de presentar antes un recurso de reposición) podrá presentar un recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Madrid, para lo que dispone de un plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación de este acto (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Villaviciosa de Odón, a 3 de julio de 2017.—El alcalde-presidente, José Jover Sanz.

(03/23.302/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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