Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
17-07-2017

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170717-104

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

104
Madrid número 7. Procedimiento 904 de 2016, notificación a Como Estornudan los Tomates, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA BELEN GOMEZ RODRIGUEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 07 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 904/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SARA SAN ROMAN SEGOVIANO frente a COMO ESTORNUDAN LOS TOMATES SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Estimando la demanda de doña Sara San Román Segoviano debo declarar y declaro improcedente el despido efectuado y declarando extinguida la relación laboral en esta fecha condeno a la demandada, Como Estornudan los Tomates SL a que le abone la suma de 1.011,50 euros en concepto de indemnización y estimando en parte la demanda de cantidad, condeno a Como Estornudan los Tomates SL a que le abone la cantidad de 954,95 euros al FOGASA a estar y pasar por dicha declaración, dejando imprejuzgada la acción de cantidad en lo que no se corresponda con la estricta liquidación, sin perjuicio de la parte de interponer la demanda por su cauce procesal.

Notifíquese esta resolución a la partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Madrid, Sala de lo Social, debiendo anunciarlo previamente ante este Juzgado en el término de cinco día hábiles contados a partir del siguiente a su notificación.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a COMO ESTORNUDAN LOS TOMATES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecinueve de junio de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/22.618/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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