Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166

Fecha del Boletín 
14-07-2017

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170714-64

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMAQUEDA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Valdemaqueda. Régimen económico. Padrones impuestos

Por Decreto de este alcalde de fecha 16 de junio de 2017, se han aprobado los padrones del impuesto sobre bienes inmuebles rústicos y urbanos del ejercicio 2017.

Los mencionados padrones permanecerán expuestos al público durante un plazo de quince días hábiles, contado a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a efectos de que los interesados puedan presentar alegaciones, reparos u observaciones.

El período voluntario de pago de los mencionados tributos será el comprendido entre los días 15 de julio y 15 de septiembre de 2017, ambos incluidos.

El pago en período voluntario de las correspondientes cuotas tributarias podrá hacerse efectivo mediante domiciliación bancaria, a partir del día 15 de julio de 2017, o bien en la oficina municipal de recaudación, sita en la plaza de España, número 1, de Valdemaqueda, el último lunes de cada mes, en horario de nueve a catorce horas.

Transcurrido el período voluntario de cobro sin haberse hecho efectivas las deudas tributarias, se exigirá el pago de las mismas en período ejecutivo mediante el procedimiento de apremio, con el devengo de los recargos, intereses de demora y costas del procedimiento que procedan.

El presente anuncio tiene carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Valdemaqueda, a 16 de junio de 2017.—El alcalde, Álvaro Santamaría Rodríguez.

(02/21.708/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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