Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166

Fecha del Boletín 
14-07-2017

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170714-93

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

93
Madrid numero 8. Ejecución 56 de 2017, notificación a Ferpal Servicios Auxiliares, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. RAQUEL PAZ GARCIA DE MATEOS LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 08 de Madrid, HAGO SABER:

Que en la Ejecución nº 56/2017 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. MARIANA IUHAS frente a FERPAL SERVICIOS AUXILIARES SL sobre se ha dictado auto de fecha 21 de junio de 2017 por el que se ha acordado extinguir la relación laboral que unía a la demandante con la empresa Ferpal Servicios Auxiliares SL, reconociéndole una indemnización de 5795,55 euros, habiendo renunciado expresamente en la vista a los salarios de tramitación, resolución contra la que cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO SANTANDER número de cuenta 2506-0000-64-0056-17.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a FERPAL SERVICIOS AUXILIARES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintidós de junio de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/21.988/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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