Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 158

Fecha del Boletín 
05-07-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170705-93

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 34

93
Madrid número 34. Procedimiento 609 de 2014, notificación a Juan Carlos Rodríguez Blanco

EDICTO

D./Dña. ISABEL LOZANO BRUNA, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de 1a Instancia num. 34, da fe, que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Procedimiento Ordinario num. 609/2014 instados por Procurador D./Dña. ADELA CANO LANTERO en nombre y representación de D./Dña. EUSEBIO VILLAR VELASCO contra BANCO DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES SALAMANCA Y SORIA S.A. y D./Dña. JUAN CARLOS RODRIGUEZ BLANCO en los que se ha dictado en fecha 16/02/2016 sentencia cuyo fallo es la siguiente:

Que debo desestimar la demanda formulada por Don EUSEBIO VILLAR VELASCO contra CAJA DUERO (BANCO DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES SALAMANCA Y SORIA, S.A.) y Don JUAN CARLOS RODRÍGUEZ BLANCO absolviendo a los demandados de las pretensiones deducidas contra ellos, con imposición de las costas del proceso a la parte demandante.

Notifíquese la presente resolución.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 20 días previa la consignación de los depósitos y tasas legalmente exigibles.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D./Dña. JUAN CARLOS RODRIGUEZ BLANCO y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 23 de mayo de 2017.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMON. DE JUSTICIA

(02/21.024/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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