Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 158

Fecha del Boletín 
05-07-2017

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170705-186

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37

186
Madrid número 37. Ejecución 108 de 2017, notificación a Grupo Maxter Mediación, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA TERESA ESTRADA BARRANCO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 37 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 108/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JUAN CARLOS GOMEZ SALINAS frente a GRUPO MAXTER MEDIACION SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución :

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de ejecutante D./Dña. JUAN CARLOS GOMEZ SALINAS frente a GRUPO MAXTER MEDIACION SL.

En relación con la cantidad objeto de condena en Sentencia, estese a la espera del resultado del Incidente de no Readmisión.

Notifíquese esta resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER número de cuenta 2810-0000-64-0108-17.

Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

D./Dña. MARÍA JOSÉ GARCÍA CASTAÑO.

EL MAGISTRADO-JUEZ

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MARIA TERESA ESTRADA BARRANCO

En Madrid, a trece de junio de dos mil diecisiete

El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 14/02/2017, a la empresa GRUPO MAXTER MEDIACION SL en favor del/de los demandante/s D./Dña. JUAN CARLOS GOMEZ SALINAS y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social, sito en C/ Princesa, 3 , Planta 10 - 28008, el día 10/07/2017, a las 09:25 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Averíguese a través del Punto Neutro Judicial otro/s domicilio/s de la ejecutada a efectos de notificaciones,uniendo su resultado a los autos de su razón,

Igualmente, notifíquese al Fondo de Garantía Salarial auto de fecha 13/6/2017 así como la presente resolución, dando traslado del escrito solicitando ejecución.

Notifíquese mediante publicación de edicto en el BOCAM auto de fecha 13/6/2017 y Diligencia de ordenación 13/6/2017.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GRUPO MAXTER MEDIACION SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a trece de junio de dos mil diecisiete .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/20.859/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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