Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 156

Fecha del Boletín 
03-07-2017

Sección 1.4.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170703-22

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

22
RESOLUCIÓN de 22 de junio de 2017, de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, por la que se incoa el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural de la pintura titulada “Alegoría de la Verdad” de Francesco Furini.

A instancias de la Subdirección General de Protección del Patrimonio Histórico del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, conforme a la Orden Ministerial de 19 de julio de 2016, por la que se resolvió declarar la inexportabilidad de la pintura titulada “Alegoría de la Verdad” de Francesco Furini; vista la propuesta emitida por el Área de Catalogación de Bienes Culturales, de la Dirección General de Patrimonio Cultural; considerando que la citada obra, independientemente de su pertenencia a las colecciones artísticas del Palacio de Liria, declaradas conjuntamente con el palacio monumento histórico-artístico por Decreto 980/1974 del Ministerio de Educación y Ciencia, merece ser declarada Bien de Interés Cultural a título individual por su valor histórico y artístico; de conformidad con lo establecido en el artículo 7 y concordantes de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, y en virtud de las competencias establecidas en el artículo 26.1.b) del Decreto 192/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de agosto de 2015),

RESUELVO

Primero

Incoar expediente para la declaración como Bien de Interés Cultural de la pintura titulada “Alegoría de la Verdad”, de Francesco Furini, cuya descripción y justificación de los valores que motivan su declaración figuran en el Anexo adjunto.

Segundo

Ordenar que la presente Resolución se notifique a los interesados, a los efectos procedentes, y que se solicite informe a la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando que, de conformidad con el artículo 7.3 de la Ley 3/2013, de 8 de junio, de no ser emitido en el mes siguiente a su petición se entenderá en sentido favorable a la declaración.

Tercero

Abrir un período de información pública por un plazo de un mes, a contar desde la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual se dará audiencia a los interesados, al Ayuntamiento de Madrid y al Consejo Regional de Patrimonio Histórico; todo ello, a fin de que cuantas personas tengan interés puedan examinar el expediente, previa cita, en las dependencias de la Dirección General de Patrimonio Cultural, calle Arenal, número18, 28013 Madrid, y presentar las alegaciones que estimen oportuno.

Cuarto

Ordenar que la presente Resolución se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y al Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, para su anotación preventiva a los efectos procedentes.

Madrid, a 22 de junio de 2017.—La Directora General de Patrimonio Cultural, Paloma Sobrini Sagaseta de Ilurdoz.

ANEXO

DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LOS VALORES DEL BIEN QUE MOTIVAN SU DECLARACIÓN COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL

A) Descripción del bien objeto de declaración:

Denominación: “Alegoría de la Verdad”.

Denominación accesoria: “La Verdad”.

Autor: Francesco Furini (Florencia, 1603-1646).

Escuela: Italiana.

Época: Siglo XVII.

Clase del bien: Pintura.

Técnica: Pintura al óleo.

Materia: Óleo sobre lienzo.

Medidas: 71 ´ 56 cm.

Estado de conservación: Bueno.

Francesco Furini, figura destacada de la pintura florentina de la primera mitad del siglo XVII, nació en el seno de una familia de artistas. Después de unos inicios con su padre, pintor de retratos, continuó en los talleres de Cristófano Allori, Doménico Pasignano y Giovanni Bilivert. En 1619 viajó a Roma, donde permaneció tres años frecuentando el taller de Bartolomeo Manfredi, seguidor del estilo de Caravaggio. Allí conoció la etapa romana de Rafael.

Tras su vuelta a Florencia, en sus primeros trabajos adoptó una forma suavizada de naturalismo. En años sucesivos, bajo la influencia de Leonardo, cuyo “Tratado de Pintura” figuró en su biblioteca, evolucionó hacia un tipo de pintura más elegante y sensual, con un característico modelado de las figuras en esfumato, de clara ascendencia leonardesca. La representación femenina bajo la apariencia de figura alegórica fue durante un tiempo su tema preferido.

Cultivó durante sus primeros años tanto la pintura profana como la bíblica o religiosa. Visitó Venecia en 1629, lo que le permitió enriquecer su paleta. En 1633 se ordenó sacerdote, dedicándose desde entonces con preferencia a la pintura religiosa. Fue uno de los pintores predilectos de la familia Medici y colaboró en la decoración del Palacio Pitti junto con Pietro da Cortona entre 1639 y 1642. Dicha labor es de gran interés para seguir su evolución estilística.

Gozó de éxito en vida gracias a sus representaciones bíblicas y mitológicas. Su nombre está vinculado a la pintura del desnudo femenino, representada con delicado claroscuro, fondos en sombra y predominio del azul en la policromía.

La obra objeto de este expediente, titulada “Alegoría de la Verdad”, es prototipo de las pintadas por el artista, donde explora el ideal de belleza femenina, influido por la estatuaria clásica. Sobre fondo oscuro, la figura de medio cuerpo ocupa la casi totalidad del lienzo y aparece desnuda. Su rostro expresa melancolía, y mantiene una ligera inclinación, sin cubrirse con el manto azul que lleva en torno a sus brazos y cintura. En su mano izquierda sostiene una máscara rota, atributo de la Verdad.

La luz parece provenir del propio cuerpo, y el vibrante color de ecos venecianos, aplicado en ligeras veladuras, con el modelado en esfumato, proporciona elegancia y sensualidad. Tales características estilísticas hacen que la obra se pueda datar en los años finales de la década de los treinta o principios de los cuarenta. Presenta afinidades cromáticas con otras obras como “La Caridad” de la Galería Nacional de Irlanda en Dublín, o la “Alegoría de la Liberalidad” del Museo de Budapest.

La pintura fue adquirida en Florencia en 1817 por el XIV duque de Alba, Carlos Miguel Fitz-James Stuartículo Podría tratarse de la misma obra que Lorenzo de Medici donó a Ferdinando Ridolfi hacia el año 1644.

En los Inventarios de la casa ducal de Alba de 1828 se recoge como obra “Original de Furino, que representa la Comedia o la Verdad”. Publicada en 1965 por Alfonso Pérez-Sánchez, la obra ha participado en las exposiciones “El arte en las colecciones de la Casa de Alba”, en 1987 en Madrid; en la titulada “Colección Casa de Alba”, en 2009 en Sevilla, y en la titulada “El Legado Casa de Alba”, en 2012-13 en Madrid.

La obra de Francesco Furini está muy escasamente representada en museos o colecciones públicas españolas.

Concluyendo, la pintura “Alegoría de la Verdad”, del pintor florentino Francesco Furini, es una obra de gran calidad técnica y artística, encuadrada en el género artístico de la alegoría profana, representativo del mecenazgo y coleccionismo privado de su época, pudiendo considerarse uno de los más afortunados ejemplos de este tipo de pintura de gabinete, lo que la convierte en una pieza importante para el Patrimonio Histórico Español y el de la Comunidad de Madrid, reuniendo valores de interés histórico, artístico y cultural relevantes para su declaración como Bien de Interés Cultural.

Se incoa el expediente a instancias de la Subdirección General de Protección del Patrimonio Histórico de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas, tras haber sido declarada inexportable por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, por su importancia dentro del contexto global de la producción de su autor y por la importancia de la colección de la cual procede, siendo uno de los mejores ejemplos del tipo de coleccionismo que se desarrolló en los siglos XVIII y XIX como consecuencia del “Grand Tour”, lo que la dota de una especial relevancia para el Patrimonio Histórico Español.

B) Estado de conservación del bien y criterios básicos por los que deberán regirse las futuras intervenciones

La pintura se encuentra en buen estado de conservación y los criterios a aplicar en restauraciones futuras serán, en todo caso, los de mínima intervención, diferenciación y reversibilidad.

(03/22.215/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.35.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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