Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 154

Fecha del Boletín 
30-06-2017

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170630-77

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 6

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Alcalá de Henares número 6. Procedimiento 1.156 de 2014, notificación a Ana María Sequera Villegas

EDICTO

Doña Rosa María Mayans López, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 6 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de familia-divorcio contencioso número 1.156 de 2014, instados por la procuradora doña Eva Pavón Vela, en nombre y representación de don Victoriano Jurado Lardín, contra doña Ana María Sequera Villegas, en los que se ha dictado en fecha 1 de junio de 2017 sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 282 de 2017

En Alcalá de Henares, a 1 de junio de 2017.—Vistos por mí, Cristina Miláns del Bosch y Sánchez-Galiano, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 6 de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio de divorcio contencioso número 1.156 de 2014, seguidos a instancias de don Victoriano Jurado Lardín, representado por la procuradora de los tribunales señora Pavón Vela y defendido por la letrada señora Vega Ramiro, contra doña Ana María Sequera Villegas, sin representación procesal, y el siguiente

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por don Victoriano Jurado Lardín, contra doña Ana María Sequera Villegas, debo declarar y declaro haber lugar al divorcio del matrimonio de ambos celebrado en Alcalá de Henares (Madrid, España), el 17 de mayo de 1991, disolviendo el mismo con todos los pronunciamientos legales inherentes, acordando las medidas contenidas en el fundamento jurídico segundo de esta resolución. Y ello con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoseles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación por escrito ante este Juzgado en el plazo de los veinte días siguientes al de su notificación y del que conocería la Audiencia Provincial de Madrid.

Una vez firme la presente resolución, comuníquese al Registro Civil donde se halle inscrito el matrimonio.

Así por esta mi sentencia, en nombre del Rey, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada doña Ana María Sequera Villegas y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Alcalá de Henares, a 1 de junio de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/20.405/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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