Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
28-06-2017

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170628-63

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 2

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Fuenlabrada número 2. Procedimiento 49 de 2015, notificación a Restaurante Maat, S. L.

EDICTO

Doña Silvia Álvarez Vega, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 2 de Fuenlabrada.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal número 49 de 2015, instados por el procurador don Javier Rumbero Sánchez, en nombre y representación de “Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima”, contra “Restaurante Maat, Sociedad Limitada”, en reclamación de 5.478,77 euros, en los que se ha dictado en fecha 1 de junio de 2016 la sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Estimando la demanda interpuesta por el procurador señor Rumbero Sánchez, en nombre de “Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima”, frente a “Restaurante Maat, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la demandante la cantidad de 5.478,77 euros, más interés legal.

Se condena en costas a la demandada.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2374-0000-03-0049-15 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de primera instancia número 2 de Fuenlabrada, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 2374-0000-03-0049-15.

Así mismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012 de 20 de noviembre por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada “Restaurante Maat, Sociedad Limitada”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Fuenlabrada, a 25 de abril de 2017.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/20.579/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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