Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 148

Fecha del Boletín 
23-06-2017

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170623-55

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Área de Gobierno Portavoz, Coordinación de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno

Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno

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Madrid. Organización y funcionamiento. Área de Gobierno Portavoz, Coordinación de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno. Organización y competencias Area Cultura y Deportes

Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 19 de abril de 2017, que modifica el de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias del Área de Cultura y Deportes.

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, con fecha 8 de junio de 2017, ha aprobado el siguiente Acuerdo por el que se modifica el Acuerdo de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes:

El artículo 17.1.h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid (en adelante, LCREM), asigna a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid la competencia general para establecer la organización y estructura de la Administración Municipal ejecutiva, en el marco de las normas orgánicas aprobadas por el Pleno.

Mediante Acuerdo de 29 de octubre de 2015, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, se estableció la organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes.

De conformidad con el apartado 4.o2.5 del mencionado Acuerdo, a la Coordinación General de Cultura, Deporte y Turismo le corresponden las competencias relativas al desarrollo de la política deportiva del Ayuntamiento de Madrid, el establecimiento de las líneas generales de actuación, la elaboración de instrucciones y fijación de criterios en materia deportiva, así como la coordinación, asesoramiento y apoyo de la actuación de los Distritos en la promoción del deporte.

El presente Acuerdo tiene por objeto modificar parcialmente aquel, para delegar en la Coordinación General de Cultura, Deportes y Turismo, además, las competencias de dirección, planificación y gestión referidas al Centro Deportivo Municipal Piscina “Moscardó”, ubicado en el Distrito de Usera.

Esta atribución competencial tiene un carácter singular, que viene motivado por las especiales circunstancias en las que se encuentra actualmente el citado centro deportivo, cuyo modelo de gestión se encuentra actualmente en fase de estudio por parte del Ayuntamiento de Madrid.

La modificación implica atribuir a un único órgano directivo las competencias relativas a la instalación, por lo que se facilita la ejecución y desarrollo, de forma homogénea, de todos aquellos aspectos que permitan dar continuidad a la prestación del servicio público deportivo en aquel centro, sin perjuicio de la colaboración y asistencia de otras Áreas de Gobierno y del propio Distrito. La atribución de competencias tendrá un carácter temporal hasta tanto se determine de forma definitiva el modelo de gestión de la instalación, momento en el cual se valorará la conveniencia de modificar la presente delegación.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.1.h) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en el artículo 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, a propuesta de la Alcaldesa, y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 8 de junio de 2017,

ACUERDA

Primero.—Añadir una nueva letra d) en el punto 2.5 del apartado 4.o, relativo a la “Coordinación General de Cultura, Deportes y Turismo”, del Acuerdo de 29 de octubre de 2015, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, que queda redactada en los siguientes términos:

«d) Ejercer las competencias de dirección, planificación y gestión referidas al Centro Deportivo Municipal Piscina “Moscardó”, incluidas todas las facultades en materia de gastos, contratación, subvenciones, convenios, patrimonio, potestad sancionadora y cualesquiera otras materias de la competencia de esta Junta de Gobierno que incidan en el ámbito de la gestión del Centro Deportivo Municipal Piscina “Moscardó”.

En particular, corresponden a la Coordinación General de Cultura, Deportes y Turismo las competencias sobre los convenios y contratos relativos a la gestión de la citada instalación, excepto la realización de obras en la misma.

En el desarrollo de estas competencias, la Coordinación General de Cultura, Deportes y Turismo contará con la colaboración y asistencia del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, del Área de Gobierno de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social, así como del propio Distrito de Usera.

Esta delegación especial prevalecerá sobre otras delegaciones de competencias realizadas por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid a favor de cualesquiera otros órganos municipales».

Segundo.—Se faculta al titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes a dictar los Decretos precisos para el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo.

Tercero.—Se faculta a la Gerencia de la Ciudad para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente Acuerdo.

Cuarto.—Quedan sin efecto todos los acuerdos que se opongan o contradigan lo establecido en el presente Acuerdo.

Quinto.—El presente Acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.

Sexto.—Del presente Acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo.

Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.

Madrid, a 9 de junio de 2017.—La directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, María Pilar Aguilar Almansa.

(03/20.168/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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