Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 148

Fecha del Boletín 
23-06-2017

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170623-60

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

60
Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Proyecto de expropiación

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible Dirección General de Planeamiento y Gestión Urbanística Subdirección General de Gestión Urbanística Departamento de Gestión Privada I

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en la sesión celebrada el día 11 de mayo de 2017, y en el expediente administrativo con número de referencia 711/2012/17514, ha adoptado el siguiente acuerdo:

«Primero.—Estimar las alegaciones formuladas por doña Carmen Maroto Claudio y doña Concepción Quesada Díaz, estimar parcialmente las alegaciones formuladas por don Luis Miguel Pulgarín Alonso, doña Josefa Sarmiento Cordero, doña Francisca Fernández Sanz, don José Luis Moncada Orts y doña María Rosario Moncada Orts; y desestimar la alegación formulada por don Antonio Claudio Rodríguez como mandatario de doña Manuela Claudio Zofio, en los términos del informe emitido por la Subdirección General de Gestión Urbanística de 18 de abril de 2017.

Segundo.—Aprobar definitivamente el proyecto de expropiación, tramitado por el sistema de tasación conjunta, y la relación de bienes y derechos de los titulares no adheridos a la Junta de Compensación del Área de Planeamiento Específico 11.08 “Casco de Carabanchel Alto”, Unidad de Actuación 4 “Aguacate Duquesa de Tamames”, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 108.3.b) y 123 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 168.2 y 202 del Reglamento de Gestión Urbanística, disponiendo la notificación individualizada del presente acuerdo a los expropiados, y la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión de la provincia.

Tercero.—La aprobación del presente proyecto de expropiación implica la necesidad o urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 203 del Reglamento de Gestión Urbanística».

Lo que se publica para general conocimiento, significando que este Acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo ha dictado según lo dispuesto en el artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar en ambos casos desde el día siguiente a la publicación del presente Acuerdo, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 25 de mayo de 2017.—La directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, María Pilar Aguilar Almansa.

(02/18.458/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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