Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 147

Fecha del Boletín 
22-06-2017

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170622-74

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

OTROS ANUNCIOS

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Villaviciosa de Odón. Otros anuncios. Incoación procedimiento investigación

El Pleno del Ayuntamiento, en la sesión ordinaria celebrada el día 25 de mayo de 2017, acordó incoar el procedimiento para el ejercicio de la potestad de investigación que otorga a la Administración los artículos 4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; 41 de la Ley 33/2003 y 44 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, dirigida a determinar si el llamado “camino de Bataneros” es un bien de dominio y uso público local, y una vez determinado declarar su naturaleza de bien demanial de uso público, fijar su trazado y características.

De acuerdo con los artículos 47 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, y 49 y 50 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, se abre un plazo de un mes desde la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que las personas afectadas por el procedimiento de investigación puedan alegar por escrito lo que estimen conveniente a su derecho, acompañando todos los documentos en que funden sus alegaciones.

En cumplimiento del artículo 21.4 de la Ley 39/2015, se informa de lo siguiente:

a) El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de dos años a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de incoación del procedimiento en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (artículo 47 de la Ley 33/2003).

b) El órgano competente para resolver el procedimiento es el Pleno de la Corporación.

c) Si transcurre el plazo máximo para resolver y notificar indicado en el apartado a) sin que se haya dictado resolución y esta haya sido notificada, se producirá la caducidad del procedimiento y se acordará el archivo de las actuaciones.

El acuerdo de incoación del procedimiento tiene la condición de acto de trámite, y contra el mismo no cabe interponer recurso, de acuerdo con el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, aunque los interesados podrán manifestar su oposición a este acto de trámite para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.

Lo que se hace público a los efectos de lo establecido en el artículo 49 del Real Decreto 1372/1986 y 40 de la Ley 39/2015.

Villaviciosa de Odón, a 2 de junio de 2017.—El alcalde-presidente, José Jover Sanz.

(02/19.567/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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