Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 147

Fecha del Boletín 
22-06-2017

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170622-71

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Villanueva del Pardillo. Organización y funcionamiento. Modificaciones delegaciones

El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo ha dictado Resolución el día 5 de junio de 2017, del siguiente literal:

“D. Luis Alberto Sosa Gayé, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo.

A la vista de la gestión diaria de la administración municipal considero oportuno y conveniente modificar las delegaciones conferidas hasta la fecha en los señores Concejales.

Por ello, en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.3 de la Ley 7/85 de 2 de abril de Bases del Régimen Local, y 43, 44, y 45 del Reglamento de Organización , Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por RD 2568/86 de 28 de noviembre, por la presente he resuelto:

Primero.

1.1. Revocar las competencias delegadas hasta la fecha en doña Eva Gamoneda Candela en las áreas de Economía y Hacienda, Administración General y Régimen Interior, dejando sin efecto dicha delegación.

1.2. Designar a doña Eva Gamoneda Candela Concejal delegado en el área de Sanidad, y delegar con carácter específico en ella el ejercicio de las siguientes competencias que me son atribuidas por disposición de la vigente legislación pero que tienen carácter delegable, sin que pueda resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros:

— La dirección de los servicios y la gestión de asuntos en el área de Sanidad.

— La realización de propuestas y actuaciones en el área de Sanidad

— La incoación e impulso de tramitación de expedientes en el área de Sanidad.

— Incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas económicas correspondientes al área de Sanidad.

1.3. Delegar con carácter específico en doña Eva Gamoneda Candela el ejercicio de las siguientes competencias que me son atribuidas por disposición de la vigente legislación pero que tienen carácter delegable en todo lo relacionado con las viviendas de propiedad municipal, sin que pueda resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros:

— La dirección de los servicios y la gestión de asuntos en la materia.

— La realización de propuestas y actuaciones en la materia.

— La incoación e impulso de tramitación de expedientes en la materia.

— Incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas económicas correspondientes a la materia.

Segundo.

2.1. Revocar las competencias delegadas hasta la fecha en don José María Nadal Cervera en el área de Protección Civil, manteniendo el resto de delegaciones en sus mismos términos.

2.2. Dejar sin efecto desde la fecha su designación como Coordinador de Áreas.

2.3. Delegar en don José María Nadal Cervera la autorización de restricción total o parcial de circulación de vehículos por las vías públicas, cualquiera que sea la causa que lo motive.

Tercero.

3.1. Revocar las competencias delegadas hasta la fecha en don Juan Carlos Santos Carballés en las áreas de Turismo y Formación y Empleo, manteniendo el resto de delegaciones en sus mismos términos.

3.2. Designar a don Juan Carlos Santos Carballés Concejal delegado en el área de Participación Ciudadana, y delegar con carácter genérico en él el ejercicio de las siguientes competencias que me son atribuidas por disposición de la vigente legislación pero que tienen carácter delegable:

— La dirección de los servicios y la gestión de asuntos en el área de participación ciudadana.

— La realización de propuestas y actuaciones en el área de participación ciudadana.

— La incoación e impulso de tramitación de expedientes en el área de participación ciudadana.

— Incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas económicas correspondientes al área de participación ciudadana.

3.3. Delegar con carácter genérico en don Juan Carlos Santos Carballés el ejercicio de las siguientes competencias que me son atribuidas por disposición de la vigente legislación pero que tienen carácter delegable:

— Autorizar la ocupación de las vías y espacios públicos mediante la instalación de puestos, barracas, casetas de venta, quioscos, mesas y sillas, espectáculos, atracciones o recreo, industrias callejeras y ambulantes, rodaje cinematográfico y otros semejantes u análogos, salvo que la ocupación sea consecuencia de actuaciones o autorizaciones urbanísticas.

— Autorizar el uso y utilización por terceros de las dependencias municipales, salvo que se trate de usos o actividades incardinadas en el área de promoción empresarial.

Cuarto.

4.1. Revocar las competencias delegadas hasta la fecha en doña María del Mar Cáceres Gómez en las áreas de Educación, Sanidad y Personas Mayores, manteniendo el resto de delegaciones en sus mismos términos.

4.2. Designar a doña María del Mar Cáceres Gómez Concejal delegado en el área de Hacienda Pública, y delegar con carácter genérico en ella el ejercicio de las siguientes competencias que me son atribuidas por disposición de la vigente legislación pero que tienen carácter delegable:

— La dirección de los servicios y la gestión de asuntos en el área de la hacienda pública.

— La realización de propuestas y actuaciones en el área de hacienda pública.

— La incoación de expedientes de actuaciones económicas en el área de hacienda pública.

— La incoación e impulso de tramitación de expedientes de actuaciones de tesorería.

— La autorización, la disposición y ordenación de gastos de la contratación menor.

— El reconocimiento de obligaciones y órgano gestor responsable de la tramitación de los oportunos expedientes de reconocimiento.

— La ordenación del pago.

— La imposición de sanciones en materia tributaria.

— La autorización de documentos que impliquen formalización de ingresos en la tesorería municipal.

— Aprobación de los expedientes de modificación presupuestaria que sean competencia del Alcalde

— Aprobación de relaciones de cobros correspondientes a precios públicos aprobados por las diferentes Concejalías y a propuestas de las mismas.

— Aprobación de la nómina y seguros sociales del personal a propuesta de la Concejalía delegada de Personal.

En el área de Administración General y Régimen Interior:

— La dirección de los servicios y la gestión de asuntos en las áreas de Administración General y Régimen Interior.

— La realización de propuestas y actuaciones en el área de Administración General y Régimen Interior.

— La incoación y tramitación de expedientes de subvenciones o ayudas económicas correspondientes a las áreas de Administración General y Régimen Interior.

Quinto. Revocar las competencias delegadas hasta la fecha en don Andrés Díez Galilea en el área de Promoción Empresarial, manteniendo el resto de delegaciones en las áreas de Infraestructuras, servicios y obras públicas, Medio ambiente, Comercio e Innovación Tecnológica, ahora con carácter específico y sin que pueda resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Sexto.

6.1. Designar a don Antonio Moreta Santamaría Concejal delegado en las áreas de Educación, Empleo y Formación, Desarrollo Económico, Social e Innovación, y Turismo, y delegar con carácter genérico en él el ejercicio de las siguientes competencias que me son atribuidas por disposición de la vigente legislación pero que tienen carácter delegable:

En el área de Educación:

— La dirección de los servicios y la gestión de asuntos en el área de Educación.

— La realización de propuestas y actuaciones en el área de Educación.

— La incoación e impulso de tramitación de expedientes en el área de Educación.

— Incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas económicas correspondientes al área de Educación.

En el área de empleo y formación:

— La dirección de los servicios y la gestión de asuntos en el área de Empleo y Formación.

— La realización de propuestas y actuaciones en el área de Empleo y Formación.

— La incoación e impulso de tramitación de expedientes en el área de Empleo y Formación.

— Incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas económicas correspondientes al área de Empleo y Formación.

En el área de Desarrollo Económico, Social e Innovación:

— La dirección de los servicios y la gestión de asuntos en el área de Desarrollo Económico, Social e Innovación. La realización de propuestas y actuaciones en el área de desarrollo económico, social e innovación, entre ellas las que contribuyan a la dinamización, impulso y mejora del municipio, la promoción empresarial, la generación de ingresos, y el desarrollo de proyectos con entidades con y sin ánimo de lucro y con vecinos del municipio.

— La incoación e impulso de tramitación de expedientes en el área de Desarrollo Económico, Social e Innovación.

— Incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas económicas correspondientes al área de Desarrollo Económico, Social e Innovación, entre ellas las relativas a la promoción empresarial.

— Autorizar el uso y utilización por terceros de las dependencias municipales cuando se trate de usos o actividades incardinadas en el área de promoción empresarial.

En el área de Turismo:

— La dirección de los servicios y la gestión de asuntos en el área de Turismo.

— La realización de propuestas y actuaciones en el área de Turismo.

— La incoación e impulso de tramitación de expedientes en el área de Turismo.

— Incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas económicas correspondientes al área de Turismo.

6.2. Designar a don Antonio Moreta Santamaría Coordinador de áreas de la Gestión Municipal.

Séptimo. Designar a doña María de los Ángeles García Rodríguez Concejal delegada en las áreas de Protección Civil y Personas Mayores, y delegar con carácter genérico en ella el ejercicio de las siguientes competencias que me son atribuidas por disposición de la vigente legislación pero que tienen carácter delegable:

En el área de Protección Civil:

— La dirección de los servicios y la gestión de asuntos en el área de Protección Civil.

— La realización de propuestas y actuaciones en el área de Protección Civil.

— La incoación e impulso de tramitación de expedientes en el área de Protección Civil.

— Incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas económicas correspondientes al área de Protección Civil.

En el área de Personas Mayores:

— La dirección de los servicios y la gestión del centro de mayores y de los asuntos relacionados con las Personas Mayores.

— La realización de propuestas y actuaciones en el área de Personas Mayores.

— La incoación e impulso de tramitación de expedientes en el área de Personas Mayores.

— Incoación y tramitación de expedientes de solicitud de subvenciones o ayudas económicas correspondientes a los asuntos relacionados con las Personas Mayores.

Octavo. Notificar personalmente la presente resolución a los interesados, que se considerará aceptada tácitamente salvo manifestación expresa.

Noveno. Que de la presente resolución se dé cuenta al Pleno en la primera sesión que este celebre, a los efectos de su conocimiento, y se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y Tablón de anuncios municipal, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la fecha de la misma.

Cúmplase.”

En Villanueva del Pardillo, a 5 junio de 2017.—El alcalde-presidente, Luis Alberto Sosa Gayé.

(03/20.036/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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