Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 147

Fecha del Boletín 
22-06-2017

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170622-196

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

196
Madrid número 32. Procedimiento 253 de 2013, notificación a Ignacio Ajero y otros

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. JOSÉ FRANCISCO RAMOS ALONSO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 253/2013 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. LUIS REDONDO SANZ frente a D./Dña. ELISA PRIETO LOPEZ, ENTE PUBLICO RADIO TELEVISION MADRID, D./Dña. ALFREDO RASINES GUISADO, D./Dña. ALFONSO RUIZ RYDER, RADIO AUTONOMIA MADRID SA, D./Dña. PEDRO PEREZ TORRES, D./Dña. PILAR LOZANO, D./Dña. JOSE MANUEL MORALEJA PEREZ, D./Dña. IGNACIO AJERO y D./Dña. IVANA LAMANA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

DECRETO

En Madrid, a dieciocho de diciembre de dos mil catorce.

PARTE DISPOSITIVA

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes, en fecha 18/12/2014, en los términos siguientes:

Con carácter previo, el demandante DESISTE de todas las codemandadas a excepción de TELEVISION AUTONOMIA MADRID, SA.

El demandante desiste de la acción del despido nulo.

El trabajador aclara que su antigüedad laboral a efectos indemnizatorios es de 22 de julio de 1998 y su salario bruto anual con prorrateo de pagas extraordinarias es de 33.855,46 euros.

La empresa TELEVISION AUTONOMIA MADRID, SA manifiesta que, en cumplimiento de la Sentencia dictada por el Tribunal Supremo en el proceso de despido colectivo, de fecha 26 de marzo de 2014 reconoce la improcedencia del despido del demandante, con fecha de efectos 12 de enero de 2013 y a tal efecto, ofrece en concepto de indemnización legal la cantidad de 60.561,76 euros.

De la citada cantidad, el demandante ha percibido con anterioridad a este acto la cifra de 28.806,84 euros.

En consecuencia, la diferencia pendiente de abonar entre lo ya percibido con anterioridad a este acto conforme se ha detallado y lo que resta por abonar es de 31.754,92 euros; cantidad esta que será abonada antes del 30 de diciembre de 2014 mediante transferencia bancaria en la cuenta donde el trabajador percibía la nómina.

El trabajador acepta y manifiesta conformidad con todos los extremos expuestos.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que frente a ella no cabe recurso sin perjuicio de lo prevenido por el Art. 84.6 de la Ley de Jurisdicción Social sobre impugnabilidad de la validez de la avenencia dentro de los treinta días siguientes a su celebración.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA SECRETARIO JUDICIAL

D./Dña. LUISA ALVAREZ CASTILLO

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. IGNACIO AJERO, D./Dña. ALFONSO RUIZ RYDER, D./Dña. IVANA LAMANA, D./Dña. JOSE MANUEL MORALEJA PEREZ, D./Dña. ALFREDO RASINES GUISADO, D./Dña. ELISA PRIETO LOPEZ, D./Dña. PEDRO PEREZ TORRES, D./Dña. PILAR LOZANO, D./Dña. LUIS REDONDO SANZ, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a treinta y uno de mayo de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/19.020/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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