Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 145

Fecha del Boletín 
20-06-2017

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170620-69

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 6

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Alcalá de Henares número 6. Procedimiento 981 de 2016, notificación a James Osarodion

EDICTO

D./Dña. YOLANDA OCAÑA VILLAMIL, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia num. 6, da fe, que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Modificación de medidas supuesto contencioso num. 981/2016 instados por Mª TERESA MORENA MORENA en nombre y representación de D./Dña. MARY AIWUYUSE contra D./Dña. JAMES OSARODION, en los que se ha dictado en fecha 16/05/2017 sentencia cuyo fallo es la siguiente:

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Dña. Mary Aiwuyuse contra D. James Osadorion, declaro haber lugar a modificar las medidas establecidas en la Sentencia Divorcio Contencioso de fecha 28-03-13, recaída en el procedimiento número 1359/11 seguido ante este Juzgado, en el sentido siguiente expuesto en el Fundamento Jurídico Segundo de esta resolución. Y ello sin condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y a las demás partes, haciéndoseles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de APELACION, por escrito ante este Juzgado en el plazo de los VEINTE DIAS siguientes al de su notificación y del que conocería la ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID.

Así por esta mi Sentencia, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D./Dña. JAMES OSARODION y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Alcalá de Henares, a 16 de mayo de 2017.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/18.958/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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