Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 144

Fecha del Boletín 
19-06-2017

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170619-182

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37

182
Madrid número 37. Procedimiento 592 de 2016, notificación a Cimentaciones y Estructuras Madrid, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA TERESA ESTRADA BARRANCO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 37 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 592/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. MARCELINO GODOY CABALLERO, D. MOISES PARIS HUETES, D./Dña. ANGEL DEL RIO PEREZ, D./Dña. JUAN ANTONIO TAMUREJO MAYORAL, D./Dña. DANIEL SOLIS PEÑA, D./Dña. LUIS ALEJANDRO TENECELA BEJARANO, D./Dña. JOSE ALONSO TENECELA BEJARANO, D./Dña. ANASTASIO PARIS HUERTAS, D./Dña. PEDRO JUAN RIVERO HOLGUERA, D./Dña. JOSE VICENTE REDONDO FERNANDEZ, D./Dña. JAIME JOSE HURTADO ROMERO, D./Dña. FRANCISCO JAVIER PARIS GARCIA, D./Dña. RAFAEL LOPEZ MARTINEZ, D./Dña. ORFE MIGUEL RIMACUNA VICENTE y D./Dña. JESUS ALBERTO CAMPOS VEGA frente a DRAGADOS, S.A., CIMENTACIONES Y ESTRUCTURAS MADRID SL y SACYR SA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

DISPONGO.- No ha lugar a afectar rectificación alguna en la sentencia dictada en los presentes autos.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que frente a la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del recurso que puede interponerse frente a la sentencia dictada.

Así, por este auto, lo dispongo, mando y firmo.- María José García Castaño, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 37 de Madrid y su Partido Judicial.- doy fe

Dña. MARÍA JOSÉ GARCÍA CASTAÑO.

EL MAGISTRADO-JUEZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a CIMENTACIONES Y ESTRUCTURAS MADRID SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a veintiséis de mayo de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/18.506/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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