Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 144

Fecha del Boletín 
19-06-2017

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170619-153

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 22

153
Madrid número 22. Ejecución 118 de 2014, notificación a Productos Lácteos de Madrid, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. LORENA QUIROGA MORALES LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 22 de Madrid, HAGO SABER:

Que en la ejecución 118/2014 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ANGEL BLANCO VARA frente a PRODUCTOS LACTEOS DE MADRID SL sobre Ejecución Forzosa del Laudo Arbitral se ha dictado diligencia de ordenacion cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Por presentado el anterior escrito por el letrado de la parte actora D. ALEJANDRO COBO RUIZ, únase a los autos de su razón, y visto su contenido y habida cuenta que es prácticamente idéntico al presentado en fecha 31/5/2016, acuerdo aclarar al solicitante los siguientes términos:

Mediante Decreto de fecha 18/11/2014, notificado al letrado de la parte actora el 15/12/2014, se hace constar a las partes la notificación dicha resolución y las posteriores al FONDO DE GARANTIA SALARIAL, tal y como cita el fundamento de derecho CUARTO: “Para dar cumplimiento de los art. 23 y 276 de la LJS, dese traslado de esta resolución al Fondo de Garantía Salarial, al que se notificarán las sucesivas actuaciones, para que pueda ejercitar las acciones para las que está legitimado debiendo, en un plazo máximo de QUINCE DIAS instar lo que a su derecho convenga y designar los bienes del deudor principal que le consten”.

• No ha lugar al recurso de reposición interpuesto frente a diligencia notificada el 26/5/2016, tal y como reza el encabezamiento del escrito presentado, por su carácter totalmente extemporáneo.

• Con esta fecha acuerdo a recabar nuevamente averiguación patrimonial de la ejecutada a través del Punto Neutro Judicial, la cual queda unida a autos para su consulta en la Secretaría de éste Juzgado. Examinada la cual, la empresa ejecutada consta de baja desde el 10/3/2015, sin actividad económica alguna, y como bienes susceptibles de embargo únicamente el vehículo con matrícula 4084GRF sobre el cual pesa una limitación de disposición, por lo que lo que no procede su embargo.

• Se pone en conocimiento del solicitante que los autos permanecerán en la Secretaría de éste Juzgado para su consulta por un plazo de diez días, transcurrido el cual se devolverán al archivo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PRODUCTOS LACTEOS DE MADRID SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiséis de mayo de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/18.411/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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