Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 144

Fecha del Boletín 
19-06-2017

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170619-39

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

39
Alcobendas. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del decreto 6479/2017, por el que convocan ayudas en materia educativa para el curso 2017-2018.

BDNS (Identif.): 350312

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.mihap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.—Familias de Alcobendas que reúnan los siguientes requisitos:

— Estar empadronados en Alcobendas el alumno y alguno de los siguientes miembros de la unidad familiar: padre, madre o tutor, en el momento en que se presenta la solicitud, con una antigüedad ininterrumpida desde al menos el 1 de enero de 2017, debiéndose mantener dicha situación hasta la finalización del procedimiento de concesión de estas ayudas.

— Estar al corriente del pago de los impuestos municipales.

En el caso de ayudas para la adquisición de libros y material didáctico escolar además:

— El alumno deberá estar escolarizado en el curso 2017-2018 en segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria, en un centro docente sostenido con fondos públicos de la Comunidad de Madrid.

— El alumno que repita curso no podrá ser beneficiario de la ayuda para el curso que repite, salvo que por circunstancias sobrevenidas y con carácter excepcional haya cambiado de libros.

— La renta per cápita familiar no podrá superar los 8.000 euros anuales en el año 2015. Esta cantidad puede resultar modificada a la baja a lo largo del proceso si concurre la circunstancia de que al concederse las ayudas siguiendo el orden ascendente marcado por la renta per cápita familiar, empezando por la renta per cápita más baja, las solicitudes superen el crédito presupuestario.

En el caso de los solicitantes de ayudas de comedor escolar, además de los apartados a) y b):

— El alumno deberá estar escolarizado en el curso 2017-2018 en primer ciclo o segundo ciclo de Educación Infantil o en Educación Primaria en un centro docente sostenido con fondos públicos de la Comunidad de Madrid.

— La renta per cápita familiar no podrá superar los 8.000 euros anuales en el año 2015. Esta cantidad puede resultar modificada a la baja a lo largo del proceso si concurre la circunstancia de que al concederse las ayudas siguiendo el orden ascendente marcado por la renta per cápita familiar, empezando por la renta per cápita más baja, las solicitudes superen el crédito presupuestario.

En el caso de los solicitantes de ayudas para la escolarización en las Escuelas Infantiles, además de los apartados a) y b):

— Se entiende que los alumnos de las Escuelas Infantiles deben de estar matriculados antes del último día del período para presentar la solicitud. Se obviará la existencia de antigüedad del empadronamiento del menor nacido en 2017, no así la fecha de empadronamiento del solicitante.

— El alumno deberá estar escolarizado en el curso 2017-2018 en primer ciclo de Educación lnfantil en alguna de las siete Escuelas Infantiles de Alcobendas financiadas con fondos públicos (E.I. “La Chopera”, E.I. “El Cuquillo”, E.I. “Valdelaparra”, E.I. “Fuentelucha”, E.I. “Cascabeles”, E.I. “Pío Pío”, E.I. “San Pedro Apóstol”).

— La renta per cápita familiar no podrá superar los 12.000 euros anuales en el año 2015. Esta cantidad puede resultar modificada a la baja a lo largo del proceso si concurre la circunstancia de que al concederse las ayudas siguiendo el orden ascendente marcado por la renta per cápita familiar, empezando por la renta per cápita más baja, las solicitudes superen al crédito presupuestado.

Segundo. Finalidad.—La presente convocatoria tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas en materia educativa: adquisición de libros de texto y material didáctico escolar, comedor escolar y escolaridad en las Escuelas Infantiles, para el curso 2017-2018.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza general reguladora de subvenciones en materia de educación del Ayuntamiento de Alcobendas publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 177, de 26 de julio de 2016.

Cuarto. Cuantía.—Para las ayudas de libros de texto y material didáctico escolar es de 300.000 euros.

Para las ayudas de comedor escolar es de 525.000 euros.

Para las ayudas de escolaridad es de 358.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Diez días hábiles a contar desde el siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Alcobendas, a 8 de junio de 2017.—El concejal-delegado de Cultura y Educación, Fernando Martínez Rodríguez.

(03/20.291/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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