Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 142

Fecha del Boletín 
16-06-2017

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170616-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 2

86
Móstoles número 2. Procedimiento 1.827 de 2015, notificación a César Augusto López Herrera

EDICTO

Don Miguel Ángel Ambrona Hernández, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 2 de Móstoles.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.827 de 2015 J, instados por procurador don Raúl Ortega Gil en nombre y representación de “Volkswagen Finance, Sociedad Anónima”, establecimiento financiero de crédito, contra don César Augusto López Herrera, en situación de rebeldía, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado, en fecha 13 de enero de 2017, sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

Fallo

Que, estimando esencialmente la demanda interpuesta por el procurador señor Ortega Gil en nombre y representación de “Volkswagen Finance, Sociedad Anónima”, “EFC, Sociedad Anónima”, contra don César Augusto López Herrera, debo condenar y condeno a don César Augusto López Herrera a que abone a la actora la cantidad de 15.500,66 euros con los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda; todo ello con expresa condena en costas de la parte demandada.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2683-0000-04-1827-15, de este Órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario” Juzgado de primera instancia número 2 de Móstoles, y en el campo “observaciones o concepto”, se consignarán los siguientes dígitos 2683-0000-04-1827-15.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias civiles, que al efecto existe en la Secretaría de este Juzgado, quedando en las actuaciones testimonio de la misma.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don César Augusto López Herrera, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Móstoles, a 19 de enero de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/19.302/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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