Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141

Fecha del Boletín 
15-06-2017

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170615-131

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

131
Madrid número 21. Procedimiento 1.098 de 2016, notificación a Barceló Ortega, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ARACELI CRESPO PASCUAL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 21 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 1098/2016 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MIRIAM PRIETO DIEZ, D./Dña. MIRIAM CARRILLO BENITO, D./Dña. RAQUEL CUESTA MARTIN y D./Dña. ANA BELEN CALVO FERNANDEZ CAPILLA frente a BARCELO ORTEGA SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución :

F A L L O

Que debo dictar sentencia con los siguientes pronunciamientos:

1.- Que desestimo la acción de despido improcedente interpuesta por DÑA. RAQUEL CUESTA MARTIN, DÑA. ANA BELÉN CALVO FERNANDEZ CAPILLA, DÑA. MIRIAM PRIETO DIAZ y DÑA. MIRIAM CARRILLO BENITO contra BARCELÓ ORTEGA SL y FOGASA, declarando procedente el despido objetivo de fecha 30/09/2016.

2.- Que estimo parcialmente la reclamación de cantidad interpuesta por DÑA. RAQUEL CUESTA MARTIN, DÑA. ANA BELÉN CALVO FERNANDEZ CAPILLA, DÑA. MIRIAM PRIETO DIAZ y DÑA. MIRIAM CARRILLO BENITO contra BARCELÓ ORTEGA SL y FOGASA, y condeno a BARCELÓ ORTEGA SL, y a FOGASA con los límites del art. 33 del ET, a pagar a las demandantes las siguientes cantidades:



Notifíquese la presente resolución a las partes, haciendo saber que contra ella cabe interponer recurso de suplicación, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, o por simple manifestación en el momento de la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en BANCO SANTANDER a nombre de este Juzgado acreditando mediante la representación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de haber sido condenado a alguna cantidad, consignar en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado nº 2519-1098-16 la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándose a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Así por esta mi sentencia, que se unirá por su orden al libro de sentencias de este Juzgado, llevándose certificación de la misma a los presentes autos, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a BARCELO ORTEGA SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a veinticinco de mayo de dos mil diecisiete .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/18.176/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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