Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 140

Fecha del Boletín 
14-06-2017

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170614-100

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

100
Madrid número 24. Ejecución 207 de 2014, notificación a American Music Corporation, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 207/2014 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JOSE LUIS GARCIA VILLAR frente a AMERICAN MUSIC CORPORATION S.L. y FONDO DE GARANTIA SALARIAL sobre Ejecución Forzosa del Laudo Arbitral se ha dictado la siguiente resolución:

“Se tienen por presentados dos escrito por el Letrado de la parte ejecutante, únanse a los autos de su razón y dese traslado con copia a las demás partes interesadas en el procedimiento.

“Visto el contenido de los escritos según solicita en el mismo se acuerda nombrar depositario de los bienes embargados que constan depositados en Mudanzas Las Naciones Sl, al ejecutante, Don JOSE LUIS GARCIA VILLAR, requiriéndole para que comparezca en este juzgado al efecto de aceptar el cargo y, así mismo, se acuerda suspender la comparecencia señalada para el 04/09/2017 a las 11:00 horas y señalar nueva fecha para el próximo 27/06/2017 a las 11,50 horas en la Sala de este Juzgado Sala 8.2, en la C/ Princesa nº 3, C.P: 28008 de Madrid.

Cítese a la empresa ejecutada, AMERICAN MUSIC CORPORATION SL por medio de Edictos a publicar en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Sirviendo la notificación de esta resolucion como citación en legal forma

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a AMERICAN MUSIC CORPORATION S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a uno de junio de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/19.074/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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